PUBLICADA EN EL BOE LA ORDEN MINISTERIAL DEL NUEVO RÉGIMEN DE AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE. FENADISMER RECURRIRÁ LA NORMA POR DIFICULTAR EL ACCESO DE AUTÓNOMOS

   Este miércoles 28 de Marzo de 2007 se ha publicado en el BOE la Orden Ministerial 734/2007, de 20 de marzo, que establece el nuevo régimen de autorizaciones, que entrará en vigor el próximo 16 de abril. Las principales medidas que contempla son:

-La diferenciación entre autorizaciones de vehículo ligero y pesado se mantiene como en la actualidad, esto es, vehículos de hasta 3’5 toneladas de carga útil son ligeros y los de más de 3’5 toneladas de carga pesados.
– Si el que accede por primera vez al sector lo hace como autónomo se le exigirá obligatoriamente que posea la capacitación profesional a su nombre, en cambio a las sociedades se les permitirá que un tercero les aporte la capacitación aunque no sea socio de la sociedad.
–  Para los que accedan por primera vez al sector, en transporte pesado se exigirá disponer de 3 vehículos que sumen 60 toneladas de carga útil y de hasta 5 meses de antigüedad (en la actualidad la antigüedad exigida es de 2 años); en transporte ligero, se exigirá disponer de un solo vehículo de hasta 5 meses de antigüedad.

-Los actuales titulares de autorización local y comarcal se convertirán en ámbito nacional automáticamente, para lo que habrá que solicitar el canje de las autorizaciones en la Administración de Transportes.

-Se permitirá la transmisión de las autorizaciones, pero sujeto a una serie de condiciones de antigüedad ( 10 años de titularidad del cedente).

Como ya anunció FENADISMER el pasado mes de Diciembre, nuestra organización recurrirá la Orden en lo que se refiere a la discriminación que se exige en algunas medidas aprobadas hacia los autónomos y no a las sociedades, por considerar que vulnera el principio de igualdad y ser contrario a la LOTT.

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