El tacógrafo será obligatorio en todas las Islas Canarias y las Islas Baleares a partir de 2010.

El Ministerio de Fomento está tramitando un proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 640/2007 de 18 de Mayo, por el que se regula la obligatoriedad de las normas sobre tiempos de conducción y descaso y el uso del tacógrafo.

En virtud de dicha modificación se establece la obligatoriedad de que antes del 1 de Enero de 2010 deberán llevar equipados con tacógrafo, haciendo uso del mismo, todos los vehículos que circulen por islas que superen los 250 kilómetros, lo que significa:

  • En el caso de las Islas Baleares, además de Mallorca en la que ya era de aplicación el tacógrafo con anterioridad, se exigirá en Menorca e Ibiza.
  • En el caso de las Islas Canarias, será exigible a las islas de Tenerife, Gran Canaria, Fuerteventura, Lanzarote, La Palma, La Gomera y el Hierro.

Dicho proyecto normativo modifica el Real Decreto 640/2007 por el cual se establecía que sólo era de aplicación el tacógrafo en Baleares a la isla de Mallorca y en Canarias a las islas de Gran Canaria, Tenerife y Fuerteventura. Sin embargo, en el caso de las citadas Islas Canarias existía un conflicto entre la normativa dictada por el Ministerio de Fomento y la dictada por la Comunidad Autónoma, lo que ha pretendido ser resuelto mediante este proyecto de Real Decreto.

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