Fenadismer promoverá este jueves en el Ministerio de Fomento  un acuerdo entre las asociaciones de transportistas y las asociaciones de empresas cargadoras que permitan a los transportistas repercutir en los precios del transporte la alarmante subida del precio del gasóleo

Asimismo Fenadismer solicitará al Gobierno la adopción de medidas urgentes de supervisión de los precios del transporte así como la regulación legal de la prohibición del dumping para garantizar que se pueda repercutir los incrementos del precio del gasóleo en las facturas de los transportistas;  y asimismo que incremente la rebaja de la fiscalidad en el gasóleo profesional

La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER), con ocasión de la reunión que tendrá lugar este jueves 13 de marzo en la sede del Ministerio de Fomento con representantes del Ministerio de Fomento y de las asociaciones de empresas cargadoras y de agencias intermediarias promoverá la firma de un acuerdo para que insten a sus empresas asociadas a que, si aún no lo han hecho, apliquen los incrementos de costes acordados en los precios del transporte que pagan a sus empresas de transporte proveedoras conforme a los incrementos de los costes habidos en el ultimo año, para paliar los alarmantes efectos que el alza del precio del gasóleo está produciendo a los pequeños y medianos transportistas en los últimos meses.

Asimismo Fenadismer va a solicitar al Gobierno con carácter urgente desarrolle por ley los mecanismos que permitan dotar de transparencia al sector mediante la creación de un Observatorio de control y supervisión de precios en el transporte que permita conocer y analizar las diferencias de precios que se pagan por los clientes finales y los que perciben realmente los transportistas efectivos. Asimismo Fenadismer solicitará que se regule por ley la prohibición del dumping en el sector del transporte (esto es, sancionando a las empresas que paguen los servicios de transporte que se contraten por debajo de costes), aplicándole la sanción máxima prevista en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres de 6.000€. Dicha obligación que actualmente viene recogida en el art. 19 de la referida ley, sin embargo, en la actualidad no es aplicada lo que impide a los transportistas poder repercutir en sus tarifas los sucesivos incrementos en el precio del gasóleo al carecer de un mecanismo que garantice su aplicación. Mediante la aprobación de esta medida se podrá sancionar a los cargadores e intermediarios que se nieguen a repercutir el incremento de los costes en los precios que pagan a los transportistas. Hay que tener en cuenta que en la actualidad los transportistas están percibiendo tarifas en algunos casos inferiores al 50% de lo que se establece en el Observatorio oficial de costes de explotación de los servicios de transporte de mercancías aprobado por el Gobierno, sin que existan mecanismos legales en España que impidan dichos abuso, aunque sí existe en otros países de nuestro entorno (Francia, Bélgica y recientemente Italia).

      Junto a lo anterior, Fenadismer instará al Gobierno la inmediata puesta en marcha de la cláusula de estabilidad de los precios de los carburantes que permite la vigente normativa europea sobre fiscalidad de los hidrocarburos, rebajando temporalmente el impuesto de hidrocarburos que soporta el gasóleo profesional utilizado en el transporte por carretera, así como instar a las Comunidades Autónomas que hayan implantado el impuesto sanitario sobre el carburante, su exención total para el carburante que se consume por los transportistas, ya que en la actualidad soportan más del 80% de la recaudación del impuesto autonómico.

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