Este viernes 13 de mayo se han reunido en el Ministerio de Fomento las organizaciones nacionales de transportistas que integran el Comité Nacional de Transporte por Carretera, para analizar la gravísima situación económica que están atravesando las empresas del sector, como consecuencia del incremento incontrolado del precio del gasóleo.

Las organizaciones de transportistas denuncian la falta de cumplimiento por parte de las empresas cargadoras (clientes de los transportistas) de repercutir los incrementos en los precios de transporte así como la falta de apoyo y sensibilidad que se ha recibido por parte del Gobierno. Ello nos obliga a que las empresas de transporte, las cuales se encuentran en una situación desesperada, tengan que recurrir a un conflicto del sector a nivel nacional convocado por la totalidad de las organizaciones nacionales de transportistas.

En base a lo anterior, se establece como fecha límite el 9 de Junio para convocar un Paro Nacional del sector en caso de no obtener una respuesta satisfactoria por parte del Gobierno y de las organizaciones de empresas cargadoras. El acuerdo adoptado literalmente es el siguiente:

“Analizada la situación económica, crítica, por la que atraviesa el Sector del Transporte de Mercancías por Carretera y, ante el clima de crispación que se está generando en el seno del mismo que puede desembocar en una situación de grave conflicto, el Departamento de Mercancías de este Comité, ha acordado por unanimidad, iniciar actuaciones ante las Administraciones Públicas y ante las Asociaciones de Empresas Cargadoras, solicitando la convocatoria de reuniones urgentes, al máximo nivel, para buscar soluciones inmediatas a esta situación con anterioridad al próximo día 9 de junio de 2005, fecha señalada para la próxima reunión de Pleno, en la que se abordarán las medidas a adoptar en función del resultado de estas reuniones”.Legislación comercial, disposiciones y otros actos emanados de las distintas Administraciones Públicas que afecten a los intereses generales del comercio, acerca de los cuales la Cámara de Comercio emite los preceptivos informes en su calidad de órgano consultivo y según dispone la Ley 3/1993 Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación: Horarios comerciales, calendario laboral, festivos habilitados para abrir los comercios en cada ejercicio, rebajas, ordenanzas municipales relacionadas con la actividad comercial (de venta ambulante, de medio ambiente, etc.) reglamentaciones técnico-sanitarias del comercio minorista de alimentación, arrendamientos de locales comerciales, etc.

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