El Ministerio de Fomento publica en el BOE la relación de transportistas de edad avanzada beneficiarios de las ayudas al abandono de la actividad.

El recorte presupuestario deja sin subvención a los transportistas de menos de 64 años, resultando beneficiados sólo un total de 365 transportistas.

Este miércoles 3 de Julio ha sido publicada en el BOE la Resolución del Ministerio de Fomento de 24 de Junio de 2013 por la que se publica la relación de transportistas de avanzada edad beneficiarios de las ayudas al cese anticipado de la actividad para este año 2013.

Para este año 2013 se ha concedido un presupuesto total de 11´3 millones de euros, lo que supone nuevamente una reducción frente al año anterior, que fue de 13´5 millones, y más aun si la comparamos con 2011 que fue de 42 millones de euros, debido a los actuales recortes presupuestarios, lo que ha impedido atender a todas las solicitudes presentadas. De hecho, sólo solo aquellos transportistas de más de 64 años de edad así como aquellos que tienen declarada alguna incapacidad para el ejercicio de la actividad se han podido acoger al Plan este año.

La lista de excluidos y los motivos de no concesión podrá ser consultada en la página web del Ministerio de Fomento www.fomento.es

Al objeto de poder proceder al cobro de la subvención, el beneficiario deberá aportar al Ministerio de Fomento la documentación señalada a continuación,

–       Declaración responsable comprometiéndose al abandono definitivo de la actividad de transporte por carretera

–       Declaración responsable comprometiéndose a no utilizar el título de capacitación profesional

–       Certificado de baja de la/s autorización/es de transporte, expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente en el que se especifique como motivo de la baja la renuncia al ejercicio futuro de la actividad.

–       Renuncia definitiva al permiso de conducción para vehículos de más de 3.500 kg de MMA y/o autobuses o fotocopia compulsada del nuevo permiso de conducción expedido después de la renuncia.

–       Identificación de cuenta bancaria para el abono de la subvención concedida.

–       Certificado de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y con Hacienda.

Temáticas: