Hacienda pretende obligar a los autónomos que tributan por módulos a llevar todos los libros registros del IVA a partir de 2014.

Dicha obligación conllevará mayores cargas burocráticas para los autónomos.

El Ministerio de Economía y Hacienda está tramitando un proyecto de Real Decreto por el que se introducen modificaciones en materia de obligaciones formales para las empresas y autónomos en el ámbito tributario.

Entre las principales novedades que introduce cabe destacar:

1.      Se obligará a todos los autónomos que tributan por módulos a presentar trimestralmente una declaración informativa con el contenido de todos los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido (esto es, del Libro registro de facturas expedidas, Libro registro de facturas recibidas, Libro registro de bienes de inversión y Libro registro de operaciones intracomunitarias). Dicha obligación, que conllevará un incremento de la carga burocrática que en la actualidad ya soportan los autónomos, será exigida a partir del 1 de Enero de 2014.

  1. Las empresas que estén obligadas a recibir todas las notificaciones de la Agencia Tributaria por vía electrónica en una dirección electrónica habilitada al efecto (DEH), podrán comunicar a la Agencia Tributaria un plazo de 30 días máximos al año durante los cuales no podrán recibir ninguna notificación (por ejemplo por motivos de vacaciones, enfermedad, y otra causa). Durante dichos periodo no computará el plazo máximo de 10 días que obligatoriamente tienen las empresas para consultar la dirección electrónica asignada.
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