La Dirección del Servicio Catalán de Tráfico rectifica y exime de las restricciones a la circulación de camiones a los transportes de mercancías perecederas.

Dicha restricción, que no existía en las carreteras francesas, perjudicaba las exportaciones españolas de frutas y verduras.
En el BOE de este jueves 23 de Febrero se ha publicado la Resolución INT/136/2012, de 3 de Febrero, por la que se modifica parcialmente la Resolución INT/2927/2011, de 15 de Diciembre, por que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2012 en las carreteras de Cataluña.

            Dicha modificación venía siendo una permanente reivindicación de las organizaciones de transportistas por cuanto resultaba incongruente que en territorio francés no hubiera restricción a los camiones que transportaran mercancías perecederas (frutas y verduras principalmente) y en cambio la Dirección del Servicio de Tráfico de Cataluña mantuviera dicha restricción en las carreteras catalanas, lo que perjudicaba las exportaciones españolas de productos verdes a los mercados centroeuropeos.
            En consecuencia, a partir de la entrada en vigor de dicha Resolución se exime de la restricción de la circulación de camiones establecida a los vehículos que transporte mercancías perecederas  en régimen de transporte ATP, así como los otros tipos de mercancías que ya estaban exentas (ganado vivo, leche cruda, basura, agua destinada al consumo humano, servicio de correos, distribución de prensa diaria, traslado de fundentes de emergencia y algunas mercancías peligrosas).
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