ANTE LAS POSIBLES CONFUSIONES EN DIVERSOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN, SE INFORMA QUE LOS CINTURONES DE SEGURIDAD PARA CAMIONES Y AUTOBUSES NO SON TODAVIA OBLIGATORIOS EN ESPAÑA.

Como consecuencia de las numerosas informaciones difundidas por diversos medios de comunicación en las que se señalaba la obligación del uso del cinturón de seguridad en camiones y autobuses a partir del día de hoy, os informamos que esas informaciones no son exactas.

Así, el uso de los cinturones de seguridad para camiones y autobuses NO ES OBLIGATORIO todavía en España.

Estas informaciones vienen derivadas de la regulación contenida en la Directiva 2003/20/CE de 8 de abril de 2003 establece las condiciones de uso de los cinturones de seguridad, si bien, para su aplicación en los países miembros de la U.E. es necesaria la elaboración de una norma nacional de trasposición.

En esta línea, el Gobierno español ha elaborado un Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Circulación aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, sobre utilización de cinturones de seguridad y otros sistemas de retención, norma que pretende incorporar las exigencias contenidas en la Directiva Comunitaria citada con anterioridad.

Por ello, hasta que no se produzca la publicación oficial de una norma española que proceda a recoger las exigencias contenidas en la Directiva Comunitaria, el cinturón de seguridad para camiones y autobuses no será obligatorio.

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