La Seguridad Social se resiste a devolver las cotizaciones laborales indebidamente exigidas a las empresas transportistas titulares de vehículos pesados.

Fenadismer llevará a cabo todas las actuaciones administrativas y judiciales necesarias para exigir la devolución del exceso de cotización de los últimos 4 años.

Como se recordará, el pasado mes de Octubre el Parlamento, a iniciativa del anterior Gobierno, incrementó en más de un 80% las cuotas que tienen que abonar las empresas transportistas a la Seguridad Social por sus conductores de vehículos pesados, ante lo cual la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER) está a la espera de que se forme el nuevo Gobierno para instar la inmediata revocación de dicha subida, por resultar además absolutamente discriminatoria frente a los restantes sectores económicos.

 

Como ya FENADISMER informó en su día, dicha subida fue aprobada por el Gobierno de manera absolutamente clandestina, mediante una enmienda introducida en el Senado durante el trámite de aprobación de la Ley de Presupuestos, para tratar de anular el impacto económico que para la Tesorería General de la Seguridad Social iba a suponer la aplicación de la doctrina de la Audiencia Nacional en la materia, que reconoció el derecho a las empresas transportistas a cotizar por sus conductores asalariados como el resto de empresas de otros sectores económicos, esto es, calculando su cotización en base a su CNAE de actividad, y no por la ocupación laboral del trabajador contratado.

 

Ante dicha actuación por parte del Gobierno, FENADISMER a través de sus asociaciones territoriales puso en marcha el pasado mes de Enero el Procedimiento colectivo de solicitud de devolución a la Tesorería General de la Seguridad Social del exceso de cotización que las empresas transportistas de vehículos pesados han aplicado a sus conductores asalariados en los últimos 4 años, lo que puede suponer en torno a 2.500 euros de devolución por conductor asalariado.

 

Sin embargo, como era de esperar, la Tesorería General de la Seguridad Social ha empezado a resolver las primeras reclamaciones presentadas, desestimando la solicitud de devolución de las cotizaciones indebidas, ya que a su entender las empresas de transporte “han venido efectuando correctamente la cotización por los trabajadores … por razón de la propia realización de su prestación laboral”, aunque el propio organismo público reconozca que dicha cotización “difiere del previsto para el código CNAE de la empresa”, esto es, el relativo a la actividad principal de la empresa, que es, realizar transporte, lo que precisamente realizan sus conductores.

 

Frente a dicha denegación, muy similar a la que mantuvo inicialmente la Agencia Tributaria respecto a la devolución del céntimo sanitario, FENADISMER va a llevar a cabo todas las actuaciones administrativas y judiciales necesarias para exigir que se devuelva a todos los transportistas que reclamen los excesos de cotización indebidamente exigidos en los últimos años, así como los correspondientes intereses de demora.