El Gobierno renuncia aplicar la euroviñeta en España en esta legislatura. Asimismo se compromete a defender ante la Unión Europea una reforma de la Directiva europea favorable a los intereses de los transportistas españoles.

El pasado jueves 7 de Octubre en la sede del ministerio de Fomento se celebró una reunión presidida por la Secretaria de Estado de Transportes, acompañada de diferentes representantes del Ministerio de Fomento, y con la asistencia del Presidente de FENADISMER y de las restantes Federaciones Nacionales de Transportistas.

Durante la reunión, la Secretaria de Estado de Transporte confirmó que el Gobierno español no aplicará durante esta legislatura la euroviñeta (esto es, un impuesto por la utilización de las actuales autovías libres de pago). Asimismo, con ocasión de la reforma de la Directiva europea reguladora de la euroviñeta, que actualmente se encuentra en trámite, se comprometió a defender los intereses de las empresas de transporte y de la economía española en general para evitar que el impacto de la nueva normativa perjudique la competitividad de las exportaciones españolas.

La euroviñeta, que supone pagar en concepto de impuesto un importe que oscila entre 0’12 y 0’18 euros por kilómetro recorrido, tiene su fundamento en las Directivas europeas 1999/62 y 2006/38 relativas a la aplicación de gravámenes (impuestos) a los vehículos de transporte por la utilización de las infraestructuras. En la actualidad está implantada sólo en 5 países europeos: Alemania, Austria, Eslovenia, Chequia y Suiza. Próximamente se aplicará en Portugal y a partir de 2012 previsiblemente en Francia.

Como se recordará en España, tras el Paro Nacional de Transporte promovido por FENADISMER en Junio de 2008, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de Junio de 2008 se estableció un paquete de medidas para el sector, que incluía entre otras la de renunciar al establecimiento de la euroviñeta en España:
“Medida 1.17: compromiso de aplicar la Directiva sobre tarificación de infraestructuras únicamente a las concesiones privadas de autopistas”.

Dicha medida se plasmó en el Real Decreto 713/2009 que expresamente señala que “sólo las autopistas explotadas en régimen de concesión están sujetas al pago de peajes, descartándose introducir peajes en la Red de Carreteras del Estado”, que es la norma vigente en España en la actualidad.

Temáticas: