El Parlamento europeo interpela a la Comisión Europea sobre la nueva normativa alemana sobre el cumplimiento del salario mínimo por las empresas transportistas alemanas y extranjeras.

Como se recordará, el pasado 1 de Enero entró en vigor la Ley aprobada por el Parlamento alemán por la que se regula por primera vez en dicho país el salario mínimo interprofesional estableciéndolo en 8’50 euros/hora, que deben aplicarlo todos los sectores de actividad, incluidos los servicios de transporte por carretera que discurran por territorio alemán, ya sean prestados por empresas transportistas alemanas o extranjeras.

Dicha norma obliga a las empresas a documentar en alemán toda la planificación de la actividad laboral de sus conductores y notificarla a las autoridades alemanas antes de realizar cualquier servicio de transporte, debiendo conservar dicha documentación a disposición de los servicios aduaneros durante al menos 2 años para su inspección y verificación.

Ello ha motivado a la Eurodiputada española, Izaskun Bilbao Barandica, a plantear una pregunta parlamentaria a la Comisión Europea, en la que denuncia que la nueva regulación alemana impone “onerosas cargas y requisitos burocráticos a las empresas de transporte que quieran operar allí”, por lo que solicita que la Comisión Europea estudie “la compatibilidad de esta norma con los principios de competencia y libertad de movimiento de bienes y servicios que caracteriza el espacio comunitario”, por lo que insta a que se retrase la entrada en vigor de dicha norma.

No obstante, la Eurodiputada española comparte la necesidad de limitar mediante este tipo de medidas el dumping social, instando a que se promueva una norma europea que persiga estos fines ya que a su juicio “el intento no tendrá éxito si se articula mediante iniciativas unilaterales como las adoptadas, por ejemplo, por Bélgica, Francia y ahora por Alemania”.

Dicha posición coincide plenamente con los objetivos perseguidos por FENADISMER de lucha contra el dumping social y fiscal en el sector del transporte por carretera, para evitar la situación actual de competencia desleal que de forma creciente están llevando a cabo empresas de transporte que establecen su domicilio en países del Este de Europa principalmente a los exclusivos efectos de aprovecharse de unos menores costes fiscales y laborales, pero que en la práctica desarrollan su actividad principalmente fuera del país donde se han establecido. Por ello, FENADISMER reitera la necesidad de aprobar un paquete de medidas antidumping a nivel europeo de forma homogénea y coordinada que erradique estas prácticas desleales.

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