Fenadismer califica de “aberración jurídica” el proyecto de Resolución de prohibición de circulación de camiones en la N-II por parte del Servicio de Tráfico de Cataluña.

La Resolución pretende prohibir la circulación los 365 días del año y las 24 horas del día a los más de 3.000 camiones que circulan diariamente vulnerando manifiestamente la legislación española y europea así como la jurisprudencia en la materia.

El Servicio Catalán de Tráfico, dependiente de la Generalitat de Cataluña,  ha elaborado el proyecto de Resolución por el que se establecen restricciones a la circulación de los camiones en casi 90 kilómetros de la Nacional 2 (N-II) que discurren por la provincia de Gerona hasta la frontera con Francia.

La Resolución, que de aprobarse afectará a los más de 3.000 transportistas que diariamente circulan por dicha vía, plantea la prohibición “temporal” (así lo define) durante los 365 días del año y las 24 horas del día a los vehículos de transporte de mercancías de 4 o más ejes, excepto aquellos cuya mercancía que transporte tenga origen o destino en las comarcas próximas a dicha carretera nacional. Para el resto de vehículos, la Resolución obliga a utilizar la autopista de peaje AP-7, lo que supondrá a cada transportista pagar en cada trayecto de ida y vuelta 40 euros adicionales.

FENADISMER ha planteado a la Generalitat de Cataluña su absoluto rechazo a la misma, ya que dicha medida no tiene precedentes ni en España ni en el resto de Europa, por cuanto nunca con anterioridad se había prohibido la circulación de vehículos de transporte en una carretera de ámbito nacional en un recorrido tan extenso, más aun teniendo en cuenta el carácter estratégico de dicha vía al conectar el tráfico natural de mercancías de todo el Mediterráneo español y el centro de la península con el resto de Europa.

Además FENADISMER considera dicha medida una “aberración jurídica”, ya que la misma vulnera tanto la ley sobre Tráfico y Seguridad Vial y su normativa de desarrollo, como la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea sobre la materia, al considerar que atenta al derecho fundamental a la libre circulación de mercancías en el ámbito de la Unión Europea.

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