Las asociaciones de transportistas plantean al Ministerio de Fomento diferentes medidas para rebajar el actual Baremo sancionador en materia de transporte.
El pasado día 23 de julio se celebró en el Ministerio de Fomento la 2ª reunión del Grupo de Trabajo del Baremo Sancionador, en la que las asociaciones que integramos el Comité Nacional de Transportes propusieron al Subdirector General de Inspección de Transporte del Ministerio de Fomento, D. Alfonso Sánchez Marcos, la modificación de los siguientes criterios generales en el procedimiento sancionador:
–         Reducción general en un 30% de las cuantías actuales de las sanciones recogidas en la Ley de ordenación de los Transportes Terrestres.
–         Ampliación de 15 a 30 días el plazo de pago voluntario con reducción
–         Posibilidad de reducción en un 35% (frente al 30 % actual) de la cuantía de la sanción por pronto pago.
–         Posibilidad de acogerse al pago con reducción en cualquier fase del procedimiento administrativo en el que, bien en propuesta de resolución, bien en resolución, se reduzca la sanción inicialmente prevista. Este beneficio se prolongará a la vía contenciosa siempre que la sentencia dictada rebaje la sanción inicialmente impuesta.
–         Que en el procedimiento administrativo sea obligatorio otorgar trámite de audiencia al interesado siempre que se practique prueba, y, en todo caso, sea preceptivo dictar propuesta de resolución.
–         Que se admita la posibilidad de interponer recurso administrativo a la sanción, incluso cuando el administrado se haya acogido al pronto pago con reducción.
–         Reducción de los actuales plazos de prescripción de la sanción y el de caducidad del procedimiento a un máximo de 6 meses.
–         Que el inicio del cómputo de los plazos, tanto de prescripción como de caducidad, se produzca desde el boletín de denuncia.
–         En materia de responsabilidad del art. 138 LOTT, se solicita que se modifique la responsabilidad objetiva de la empresa, admitiendo la prueba de causas de exoneración de responsabilidad por parte de esta.
–         Que la reincidencia deje de tomarse en consideración como causa de agravación de sanciones.

A priori, la posición del Ministerio es contraria a la reducción general de un     30 % del importe de las sanciones, pero estarían de acuerdo en estudiar, analizar y revisar el importe de las sanciones de forma individualizada.

El resto de propuestas serán estudiadas y quieren dar una respuesta, previa la comparación con otros procedimientos sancionadores. A pesar de lo anterior, ven poco probable que se admita la reducción de la prescripción y la caducidad a 6 meses.

El próximo 11 de septiembre se reanudarán las reuniones del Grupo de Trabajo para  tratar los temas planteados.

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