• Fenadismer considera positiva, pero insuficiente y poco efectiva, la recomendación realizada por el Ministerio de Transportes sobre la conveniencia de que los transportistas no participen en las labores de carga y descarga, recordándole que la forma más eficaz de que dicha recomendación se cumpla es prohibirlo por ley, lo que no supondría ningún coste para las arcas públicas y contribuiría a reducir el número de posibles contagiados en el sector

 

  • Según una encuesta realizada por Fenadismer entre sus asociados, pese a las recomendaciones de la Comisión europea y del Ministerio de Transportes, el 64% de las empresas cargadoras continúan obligando a los transportistas a realizar las labores de carga y descarga con el consiguiente riesgo sanitario.

 

A finales del pasado mes de Marzo, la Comisión Europea publicó una serie de recomendaciones para conductores, empresas de transporte y Administraciones públicas competentes en materia de transporte de mercancías por carretera para  contribuir a evitar el contagio del coronavirus, al considerar que el transporte por carretera es uno de los sectores fundamentales en esta situación excepcional a la hora de garantizar el correcto y normal abastecimiento de alimentos y productos de primera necesidad en cada uno de los países que conforman la Unión Europea.

Así, entre las recomendaciones planteadas por la Comisión Europea, se señalaba de forma destacada la relativa a la no participación de los conductores en las labores de carga y descarga, indicando que en los puntos de carga y descarga, los conductores deben permanecer, en la medida de lo posible, en la cabina del camión. Las actividades de carga y descarga deben ser realizadas, tanto como sea posible, por el personal de la empresa que recibe o envía la mercancía”. 

En términos similares, en la nota de prensa publicada este miércoles 15 de Abril con ocasión del nuevo reparto gratuito de mascarillas a los autónomos y empresas del transporte por carretera,  el Ministerio de Transportes apelaba a la conveniencia de que los conductores profesionales no participen en dichas tareas. Así, en la nota de prensa, bajo el título “ El Ministerio de Transportes sigue comprometido con el sector del transporte terrestre”, se señala literalmente lo siguiente: “En todo caso, es necesario incidir, siguiendo el criterio de las autoridades sanitarias, en que la medida más efectiva para evitar el contagio es respetar las distancias de seguridad sanitaria, implantada de forma efectiva con medidas operativas y de organización. Así, en el ámbito del transporte de mercancías es necesario por ejemplo evitar siempre que sea posible que el conductor baje del vehículo o que participe en las tareas de carga y descarga salvo en casos tasados, siguiendo en este sentido las recomendaciones de la Comisión Europea, y otras medidas en la misma línea”.

 

Si bien FENADISMER valora positivamente dicha recomendación, sin embargo la considera insuficiente y poco efectiva, ya que en la práctica desafortunadamente un alto porcentaje de conductores profesionales continúan realizando dichas labores, que además son ajenas a su actividad, los cuales deberían limitarse a realizar la conducción del vehículo de transporte, salvo en aquellos casos tasados en los que por la especialidad de la mercancía transportada o del equipamiento técnico del vehículo requieran su participación.

 

De hecho, conforme a una encuesta llevada a cabo por FENADISMER entre sus transportistas asociados, pese a las recomendaciones de la Comisión europea y del Ministerio de Transportes, el 64 % han confirmado que las empresas donde van a cargar la mercancía a transportar continúan obligándoles a realizar las labores de carga y descarga, con el consiguiente riesgo sanitario.

 

Por ello, FENADISMER apela una vez más al Ministerio de Transportes para que atienda esta legítima y más que nunca necesaria reivindicación, compartida por las restantes organizaciones que integran el Comité Nacional de Transporte por Carretera, recordándole que la forma más eficaz de que dicha recomendación se cumpla es prohibirla por ley, lo que no supondría ningún coste para las arcas públicas y contribuiría a reducir el número de posibles contagiados en el sector del transporte por carretera.

 

 

 

 

 

 

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