REUNIÓN CON EL MINISTERIO DE FOMENTO PARA ANALIZAR EL PROYECTO DE ORDEN SOBRE AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS.

Este lunes 23 de Octubre se ha celebrado una reunión con el Subdirector General de Normativa del Ministerio de Fomento D. Emilio Sidera, para analizar el proyecto de Orden Ministerial sobre nuevo régimen de las autorizaciones de transporte de mercancías por carretera.

Este lunes 23 de Octubre se ha celebrado una reunión con el Subdirector General de Normativa del Ministerio de Fomento D. Emilio Sidera, para analizar el proyecto de Orden Ministerial sobre nuevo régimen de las autorizaciones de transporte de mercancías por carretera.

Se plantean las siguientes cuestiones al articulado propuesto:

Artículo 2: El Comité Nacional plantea por unanimidad su rechazo a que se exima de autorización de transporte a los vehículos de hasta 3’5 Tn. de PMA en caso de transporte privado, manteniendo su exigencia para transporte público desde 2 Tn. de PMA, ya que ello va a implicar una competencia desleal y desregulación en la práctica de ese segmento de transporte.

Por otra parte, se pide que se excluya de autorización los vehículos de emergencia que se utilizan en transporte de mercancías peligrosas.

Artículo 3: El Comité Nacional por unanimidad se opone a la modificación de las autorizaciones de transporte ligero y pesado y por el contrario solicita que se mantenga la autorización de transporte pesado para vehículos de más de 3’5 Tn. de carga útil y autorización ligera para vehículos de hasta 3’5 Tn.

Artículo 7: Se dará una nueva redacción para que en el visado no se exijan requisitos que no se exigieron cuando se otorgaba originariamente la autorización.

Artículo 9: Se solicita la exención de disponer del 80% de conductores para obtener autorización en el sector del transporte de arrastre de vehículos averiados (asistencia en carretera),

Artículo 11: Por error en el proyecto de Orden en el caso de un matrimonio en el que un cónyuge aporta el título de capacitación al otro cónyuge no se ha incluido la exención de darle de alta en la Seguridad Social; tal exención se incluirá por lo que no será necesario dar de alta en Seguridad Social al cónyuge que aporta la capacitación.

Respecto a la cesión de la capacitación por un tercero, Confedetrans solicita que se dé de alta en Seguridad Social a jornada completa. Sin embargo, el Subdirector alega que no puede establecerse tal exigencia como consecuencia de la modificación del régimen de Seguridad Social para los directivos y personal de alta dirección en las empresas.

Artículo 18: Confedetrans solicita que para acceder al sector se exijan 5 vehículos como mínimo y que en su conjunto sumen 100 toneladas de carga útil. Por contra, Fenadismer mantiene su rechazo a la exigencia de una flota mínima para acceder. La Federación Valenciana plantea exigir 3 vehículos y 60 toneladas de carta útil. La CETM apoyaría la postura de Confedetrans de exigir 5 vehículos y 100 toneladas pero condiciona su postura final a como quede el régimen de transmisión de las autorizaciones.

En cuanto a que los nuevos autónomos se les exija obligatoriamente que posean la capacitación profesional a su nombre, sólo Fenadismer se opone a dicha medida porque considera que vulnera la LOTT; las demás organizaciones en cambio, no se oponen a dicha medida.

Artículo 19: En cuanto al nuevo requisito de antigüedad media de la flota para poder incrementar la misma, establecida en el proyecto de Orden en un plazo medio de 7 años, por parte del Comité Nacional plantea dificultades para algunos segmentos de transporte (mudanzas entre otros); ante dicha propuesta el Ministerio está dispuesto a estudiar elevar la edad mínima exigida para amparar dichos subsectores.

Artículo 25: Respecto a la intransmisibilidad, Fenadismer manifiesta su absoluto rechazo porque afecta únicamente a los transportistas autónomos, y supone una expropiación no compensable de su patrimonio económico, Confedetrans también rechaza la intransmisibilidad. Por contra, CETM está a favor de la instransmisibilidad planteada en el proyecto de la Orden, en base al resto de medidas que también se plantean en el proyecto.

Disposición Transitoria Primera: Confedetrans se opone a la conversión de las autorizaciones comarcales y locales; en el caso de comarcales el incremento de flota supondrá conceder autorización nacional. Fenadismer por contra, está a favor de la conversión de las autorizaciones comarcales en nacionales.

Disposición Transitoria Segunda: Al eliminarse la posibilidad de suspender las autorizaciones, el plazo máximo para el levantamiento de las autorizaciones actualmente en suspenso será de un año; en este sentido aquellas autorizaciones que actualmente lleven más de un año en suspenso, cuando entre en vigor la Orden sus titulares automáticamente deberán levantar la autorización.

Para concluir la reunión, el Subdirector General da un plazo a las asociaciones de 15 días para que le remitamos nuestras observaciones, y celebrar nueva reunión con el Subdirector General el próximo 16 de Noviembre. En todo caso, la intención del Ministerio de Fomento es publicar la Orden Ministerial a principios del mes de Diciembre.

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