Reunión con el Subdirector General de Normativa para aclarar las dudas sobre el nuevo régimen de autorizaciones.

Este jueves 22 de Febrero se ha celebrado una reunión con el Subdirector General de Normativa del Ministerio de Fomento, D. Emilio Sidera, para resolver las dudas que se han planteado en relación a la Orden Ministerial que establece el nuevo régimen de autorizaciones de transporte de mercancías, que entrará en vigor el 1 de Abril.

Antes el Subdirector General informa que el Decreto que regula la formación obligatoria de los conductores profesionales ha pasado a trámite a la Secretaría General Técnica y a Consejo de Estado, por lo que estima que esté aprobado en un plazo de 5 meses.

En cuanto al proyecto de Orden del nuevo régimen de autorizaciones, está previsto que la Secretaría General Técnica emita informe la próxima semana y se publicará en el BOE en un plazo de 15 días, aunque entrará en vigor el 1 de Abril.

Asimismo informa que se han introducido 3 modificaciones importantes:

1º.- Disposición Transitoria Primera: en el punto 4 se prevé la posibilidad de canje en tarjetas nacionales (MDP) de las autorizaciones de ámbito autonómico otorgadas por algunas Comunidades Autónomas, pero sometido a 3 requisitos:

a)     Sólo se producirá canje respecto de autorizaciones emitidas con anterioridad, no con las que se otorguen con posterioridad.

b)    Que los requisitos exigidos para otorgarlas a nivel autonómico fueran los mismos que los exigidos para las autorizaciones locales y comarcales a nivel nacional. Ello implica que sólo van a poder beneficiarse determinadas autorizaciones asturianas y andaluzas. En el caso de las autorizaciones canarias, se está negociando con el Gobierno canario pero la tendencia es que se conviertan en autorizaciones nacionales. Las autorizaciones de superligero otorgadas por Cataluña, Andalucía y Galicia no se convertirán en autorizaciones MDL de ámbito nacional.

c)     Que en todo caso lo solicite la Comunidad Autónoma en cuestión.

2º.- El que en la actualidad (hasta 1 de Enero de 2007) es titular simultáneamente de autorizaciones de transporte público ligero  y de privado complementario pesado, se le producirá la conversión actual en autorizaciones de transporte público pesado nacional (MDP). Sin embargo, el que en el futuro sea titular de autorizaciones de transporte privado pesado y adquiera un vehículo ligero para hacer transporte público, se le otorgará autorización de transporte público ligero (MDL).

3º.- Para acceder a las nuevas autorizaciones MDP se requerirá el requisito de tener 60 toneladas de carga útil, para lo que no será necesario que los vehículos sean pesados, esto es, que si la suma de sus vehículos ligeros supera 60 toneladas se otorgarán autorizaciones MDP. En la actualidad esta conversión beneficiaría a 29 empresas titulares de transporte ligero que sus vehículos suman más de 60 toneladas.

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