Restricciones a la circulación de vehículos de transporte en el País Vasco para 2011.

Con fecha de 5 de enero de 2011 ha sido publicada en el BOE la  Resolución del Gobierno Vasco de 22 de diciembre de 2010 por la que se establecen las medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2011 en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Transporte de Mercancías en General en vehículos de más de 7,5 toneladas de MMA.

Ø      Entre el 30 de abril y el 2 de octubre, se prohíbe la circulación en las siguientes fechas y horarios:

Sábados, Domingos y Festivos desde las 10 hasta las 14 horas en A-8 (desde Malmasín al límite provincia Cantabria, sentidos Cantabria); en N-1 (entre enlace N-622 y Treviño y entre Treviño y límite provincia Burgos, sentido Burgos).

Domingos y Festivos desde las 16 hasta las 22 horas en los mismos tramos de las carreteras antes señaladas, pero en sentido entrada País Vasco.

Ø      En la A-8 desde Malmasín al límite Cantabria y N-634 desde Erletxe al límite Cantabria, en ambos casos sentido Cantabria, desde las 16 hasta las 22 horas los días 20 abril, 22 y 29 julio, 12 agosto, 7, 21 y 28 octubre y 2, 23 y 30 diciembre y desde las 8 hasta las 15 horas los días 21 abril, 23 y 30 julio, 8, 22 y 29 octubre, y 3 diciembre. En esas mismas carreteras, pero sentido Bilbao, desde las 16 hasta las 22 horas los días 25 abril, 15, 28 y 31 agosto, 12 y 25 octubre, 1 noviembre, 8 y 25 diciembre y 1 enero 2012.

Ø      En la N-I desde enlace N-622 hasta Treviño y desde límite provincia de Burgos a Treviño, ambos sentido Madrid-Irún, en N-240 en Vizcaya desde km. 11 al 43 y en Alava desde km 23 al 5, ambos sentido Vitoria, los días 20 abril, 22 y 29 julio, 12 agosto, 23 y 30 diciembre desde las 16 hasta las 22 horas y los días 21 abril, 23 y 30 julio desde las 8 hasta las 15 horas. En esas mismas carreteras pero sentido Vitoria en la N-I  y sentido Vizcaya en la N-240 los días 25 abril, 15, 28 y 31 agosto, 25 diciembre y 1 enero de 2012.

Ø      Restricciones al Transporte Transfronterizo, los días 25 abril, 1 y 8 mayo, 2 y 13 junio, 14 julio, 15 agosto 1 y 11 noviembre y 25 diciembre desde las 22 horas de la víspera hasta las 22 horas de los referidos días en las siguientes carreteras:

AP-8 desde Erletxe a la Frontera con Francia, sentido Behovia
GI-20 desde enlace AP-8 Aritzeta hasta AP-8 Errenteria, sentido Francia
A-15 límite provincia Navarra hasta km. 156, sentido Andoain
N-I desde límite Burgos hasta Treviño y dese Treviño hasta enlace N-622, sentido Vitoria y desde límite Navarra hasta enlace AP-8 / AP-1 Lasarte, sentido Francia
GI-636 desde enlace GI-20 Pasaia hasta Behobia, sentido Francia
GI-11 desde enlace N-1 – km 0 hasta enlace GI-20 – km 2,52, sentido San Sebastián
N-121A desde límite Navarra hasta Behobia, sentido Francia

Exenciones: están exentos de cumplir las anteriores restricciones los siguientes tipos de transporte: mercancías perecederas, animales vivos, instalación de ferias y espectáculos, prensa, correo, venta ambulante, grúas de asistencia en carretera, unidades móviles de medios de comunicación, vehículos en vacío relativos a los anteriores tipos de transporte.

Transporte de mercancías Peligrosas

Se prohíbe la circulación en ambos sentidos en toda la red de carreteras del País Vasco los domingos y festivos en la Comunidad desde las 8 hasta las 24 horas y las vísperas (no sábados) de festivos desde las 13 hasta las 24 horas. Asimismo, el día 31 de julio desde las 8 hasta las 24 horas.

Además, a los vehículos que transporten mercancías peligrosas de más de 7,5 toneladas de MMA se les aplicarán las restricciones establecidas para los transportes de carga general.

Exenciones: transportes se gases licuados de uso doméstico a puntos de distribución o consumidores; materias para aprovisionamiento de estaciones de servicio o consumo propio para el aprovisionamiento de vehículos de transporte; gasóleos de calefacción para uso doméstico; gases para Centros Sanitarios o particulares para asistencia domiciliaria; combustibles para puertos y aeropuertos o productos para el funcionamiento de Centros Industriales.

Itinerarios para la circulación: se efectuarán los desplazamientos por la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas RIMP: AP-8 de Behobia a enlace BI-625; A-8 desde límite de Cantabria a enlace AP-68; BI-625 de Basauri a Arrigorriaga; AP-68 del límite de La Rioja hasta la A-8; N-637 de Cruces a Erletxe; N-634 de Bilbao a enlace A-8 Etxebarri; N-622 de Vitoria a Altube AP-68; AP-1 del límite de Burgos a enlace A-1 en Armiñón; N-1 del límite de Burgos a límite de Treviño, del límite de Treviño al límite de Navarra y del límite de Navarra  al enlace AP-8 Lasarte; A-15 del límite de Navarra Berastegi a Andoain enlace N-1).

Estará prohibido circular por el túnel de Malmasín, salvo las exenciones previstas por el ADR. El tránsito por la N-634 sólo se utilizará para acceder o salir de Bilbao.

Transportes Especiales.

Los transportes que por sus características técnicas o por la mercancía que transportan precisen autorización especial para circular, tienen restringida la circulación los sábados y vísperas de festivos desde las 13 hasta las 24 horas y los domingos y festivos desde las 0.00 h hasta las 24 horas. Asimismo, el día 31 de julio desde las 8 hasta las 24 horas.

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