El Proyecto de Orden de Módulos para 2010 establece para el transporte un incremento del IVA a pagar del 6’1% y una reducción del IRPF del 2’5%.

Fenadismer lo considera insuficiente al haber disminuido la actividad del transporte más de un 12% según el Ministerio de Fomento.

El Ministerio de Economía y Hacienda ha remitido para consulta a las organizaciones representativas el Proyecto de Orden Ministerial por el que se desarrolla para el 2010 el método de estimación objetiva del IRPF y del régimen especial simplificado del IVA, lo que coloquialmente se denomina sistema de módulos.

Por lo que respecta al sector del transporte de mercancías por carretera introduce modificaciones en ambos impuestos:

–         En el IVA, se produce una subida tanto en el módulo de personal empleado (pasando de 3161’90 euros en 2009 a 3359’52 euros) como del módulo de carga de los vehículos (pasando de 444’06 euros en 2009 a 471’81 euros en 2010), lo que supone un incremento medio por transportista del 6’1% (lo que se justifica por el incremento del IVA a partir de julio de 2010 al pasar del tipo general del 16% al 18%).

–          En el IRPF, se mantienen los mismos módulos establecidos en 2009 tanto para personal no asalariado (10090’99 euros), personal asalariado (2728’59 euros) y carga de los vehículos (126’21 euros). Sin embargo la Orden prevé en una Disposición Adicional una reducción del 2’5% tanto para 2009 como 2010 en el cálculo del Rendimiento Neto.

Fenadismer considera absolutamente insuficiente la reducción planteada en el proyecto de Orden, porque no recoge la realidad económica y de disminución de la actividad de las empresas de transporte españolas en el último año, conforme se recoge en el Observatorio de mercado que trimestralmente publica el Ministerio de Fomento, y que en su último análisis en diciembre de 2009 constató una reducción significativa de la actividad en todos los segmentos del transporte, en concreto, los tres primeros trimestres de 2009 la actividad decreció respecto al mismo período de 2008 un 28’4%, un 13’5% y un 12’8% en las toneladas transportadas, un 20’3%, un 11’2% y un 12’7% en las toneladas kilómetro producidas y un 19’2%, un 11’3% y un 12’4% en los kilómetros recorridos en carga.

Por último, la norma prevé que una vez que la Orden se publique en el BOE (lo que se producirá previsiblemente a final del mes de Enero), se dispondrá de un mes para renunciar a dicho régimen de módulos.

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