• La Asociación que agrupa a las estaciones de ITV en toda España solicita al Tribunal Supremo dejar sin efecto el Auto que paraliza cautelarmente la aplicación de la Orden que recortaba el plazo de vigencia de la revisión técnica de los 5 millones de vehículos afectados durante el estado de alarma.
  • En juego un negocio de más de 200 millones de euros correspondiente a dicho período que quieren recuperar a toda costa las concesionarias de ITV, aunque no haya motivos técnicos o de seguridad que lo justifique, sino puramente económicos.

 

Como se recordará, a instancias de FENADISMER el Tribunal Supremo decretó a finales del pasado mes de Septiembre  la suspensión cautelar de la polémica Orden Ministerial publicada el pasado mes de Mayo por la que estableció el nuevo calendario para que pudieran pasar la revisión los aproximadamente 5 millones de vehículos afectados por el cierre de las estaciones de inspección técnica durante el estado de alarma, pero que a la vez recortaba su vigencia al computar el plazo para pasar la siguiente revisión no desde el día que efectivamente se realiza sino cuando le correspondía pasarla durante el estado de alarma.

 

El argumento defendido por FENADISMER para solicitar que el Alto Tribunal paralizara cautelarmente dicha norma es que no había ninguna razón desde el punto de vista técnico o de seguridad vial que justificara la misma, sino simplemente la voluntad de garantizar la recuperación del negocio perdido durante el estado de alama a las aproximadamente 400 empresas concesionarias de estaciones de ITV existentes en España. Como señalaba de forma rotunda el Auto “están en conflicto no un interés público frente a un interés privado, sino solo intereses privados enfrentados: las concesiones de ITV y los titulares de vehículos”.

 

A fecha de hoy, FENADISMER sigue pendiente de la resolución del recurso de aclaración dirigido al Alto Tribunal en relación al ámbito de aplicación de la resolución judicial dictada, a fin de que confirme si el criterio restrictivo de aplicación dictado por el Ministerio de Industria es correcto, o si por el contrario el Auto debería aplicarse a todos los vehículos afectados durante el estado de alarma, hubieran o no realizado ya su revisión, para de este modo poder rectificar el recorte de la vigencia aplicada en las fichas técnicas de los vehículos que ya hubieran acudido a la ITV antes de dictarse el Auto.

 

Por su parte las concesionarias de ITV no se han conformado con asumir el contundente contenido de la resolución judicial, y sin ningún tipo de pudor han iniciado una batalla judicial ante el Tribunal Supremo para intentar revocar el Auto judicial, por perjudicar sus intereses económicos. Así, en su argumentario, la asociación que agrupa a las ITV en toda España señala  que la aplicación del Auto les ocasiona “muy notables perjuicios derivados de la drástica reducción del número de vehículos que deberían acudir próximamente a sus instalaciones para su inspección técnica” , como si las restantes actividades económicas no hubieran tenido similares o incluso superiores perjuicios económicos como consecuencia del cierre decretado durante el estado de alarma.

 

En definitiva, detrás de esta actuación lo que estaría en juego es el intento de las estaciones de ITV por recuperar el negocio perdido durante el estado de alarma al permanecer cerradas, que según las estimaciones supondrían un montante total superior a los 200 millones de euros que obtendrían vías tasas directamente de los propietarios de los vehículos, si bien como señaló claramente el Tribunal Supremo y anteriormente el Defensor del Pueblo no habría ninguna motivación técnica o medioambiental que lo justifique, sino puramente económica.

 

 

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