La UETR denuncia el gran impacto que el nuevo texto de la Directiva de la Euroviñeta III (tasación a vehículos pesados por el uso de determinadas infraestructuras) tendrá sobre las empresas de transporte.

El texto aprobado ayer en Estrasburgo por una amplia mayoría de los representantes de los Estados Miembros de la UE para decidir si se destinan los ingresos obtenidos por la tasación a vehículos pesados por el uso de infraestructuras a reducir el impacto de los costes externos mediante inversiones en el sector del transporte por carretera. “Nos estamos enfrentando a la introducción de una nueva carga fiscal a las empresas con el fin principal de recaudar, más allá de las rezones medioambientales políticamente declaradas. La Directiva no ofrece ninguna garantía de que los costes externos causados por el transporte de mercancías por carretera serán reducidos. Los Estados Miembros pueden decir lo que les parezca respecto al destino de estos ingresos” manifiesta el Presidente de la UETR Francesco Del Boca.

Esta misma situación se da respecto de las zonas de aparcamiento vigiladas, que resultan esenciales para garantizar la aplicación y cumplimiento de las normas sociales de la UE en materia de seguridad en carretera: no existe en la Directiva un mandato obligatorio.

La UETR rechaza la aseveración de que ninguno de los costes externos es actualmente pagado por los usuarios: Muchos costes externos en el momento actual ya se soportan por ellos: por ejemplo, una empresa de transportes ya asume y paga los costes de los atascos y congestión del tráfico (consumo de gasóleo, retrasos en las entregas, accidentes, etc). En este sentido, la UETR al menos valora la posibilidad (no obligatoria, en cualquier caso,) que permite a los Estados Miembros elegir si aplicar o no estas cargas por el uso de infraestructuras y si ampliarlas o no a ciertos vehículos. “Al menos puede permitir un cierto respiro a las pequeñas empresas transportistas”, señala Del Boca. La cuestión a observar y el énfasis en las actuaciones de la UETR se centrará, a partir de estos momentos, en la forma en que los diversos Estados Miembros aplicarán esta Directiva.

Debería observarse, no obstante, el hecho discriminatorio de que sólo las empresas de transporte por carretera se encuentran incluidas dentro del ámbito de aplicación de la Directiva, del que se excluyen otros usuarios de la carretera. Esto significa que la legislación de la UE tal cual se encuentra en la actualidad, considera que los bienes y mercancías trasladados por vía fluvial, por barco o por tren, no ocasionan ningún tipo de emisiones dañinas ni ocasionan ruido alguno.

Además, la Euroviñeta III afectará al intercambio de bienes entre los diversos Estados, así como a los precios, siendo finalmente los perjudicados por ello los ciudadanos y consumidores.

Finalmente, no hay seguridad ni garantía de que las políticas nacionales o europeas en materia de tasación al transporte, desarrollo de infraestructuras e interoperabilidad de los sistemas de peajes, se dirijan de forma sólida a objetivos comunes que logren un equilibrio entre la movilidad y la reducción de los impactos medioambientales.

Por último, la aplicación de peajes más elevados durante las horas punta resulta inviable en el sector del transporte que se encuentra frecuentemente sometido a retrasos imprevistos, ocasionados por terceros que no son necesariamente los cargadores.

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