• La Resolución introduce pocas novedades respecto a 2018, incluyendo algunas restricciones en determinadas fechas por festividades locales.

  • Asimismo se amplían los supuestos en que pueden abandonarse las autopistas en los desvíos obligatorios, a fin de que puedan realizarse los descansos obligatorios o el repostaje del camión, pero se mantiene la obligación de retroceder por el mismo itinerario para reincorporarse a la autopista.

Este lunes 21 de enero de 2019 ha sido publicada en el BOE la Resolución de fecha 14 de enero de 2019 de la Dirección General de Tráfico por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2017. El texto íntegro se puede consultar en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/boe/dias/2019/01/21/pdfs/BOE-A-2019-649.pdf

La regulación prevista para el año 2019 establece pocos cambios respecto a las restricciones establecidas en el año anterior, introduciendo alguna nueva restricción y estableciendo en otras restricciones ligeras reducciones horarias de prohibición.

Como novedades más relevantes cabe destacar las siguientes:

  • En los desvíos obligatorios a autopistas de peaje que discurren paralelas a determinadas carreteras nacionales (AP-68/N-232 en Rioja, AP-7/N-340 en Castellón y A-7/N-340 en Castellón) se amplían los supuestos en que se puede abandonar la autopista de peaje hacia la carretera nacional. Así se permite abandonarla para que el conductor pueda realizar los descansos tanto semanales y diarios como también como novedad las pausas obligatorias de hasta 45 minutos en los períodos de conducción, y asimismo también para realizar operaciones de reparación o mantenimiento del vehículo (repostaje y otras). Sin embargo, la DGT sigue sin contemplar la reivindicación de las asociaciones de transportistas de que el vehículo pueda reincorporarse a la autopista por la siguiente entrada en el sentido de la marcha, sino que por el contrario obliga a retroceder por el mismo itinerario por el que abandonó la autopista, lo que implica duplicar innecesariamente los kilómetros a recorrer por el vehículo.
  • Se establece una nueva restricción todos los viernes de julio y agosto en la N-631 desde S. Cebrián de Castro hasta Rionegro del Puente en ambos sentidos de 15’00 a 24’00 h.
  • Ante la festividad del 19 de marzo, se establecen restricciones en la A-8 de Castro Urdiales a Laredo, sentido Santander, el día 15 desde las 17’00 h hasta las 21’00 el día desde las 11’00 h hasta las 14’00 h y el día 19 desde las 16’00 h hasta las 21’00 h. También el día 19 en la A-3 desde Utiel a Valencia desde las 16’00 h hasta las 22’00 h entrada Valencia.
  • El miércoles de Semana Santa, día 17 de Abril además de las restricciones habituales, se incluye como nueva la AP-1 desde Miranda de Ebro a Burgos y la A-1 desde Miranda de Ebro a Burgos y desde el km 336 a 329 (Treviño-Álava) desde las 17’00 h hasta las 21’00 horas todas sentido Burgos.
  • Como consecuencia de la festividad del puente de mayo en la zona centro, el día 5 de mayo además de las restricciones habituales en las entradas a Madrid, se introduce la prohibición de circulación en la A-3 desde Valencia a Requena, sentido salida Valencia, desde las 13’00 h hasta las 22 h.
  • El domingo 9 de junio se eliminan las restricciones en las carreteras A-15, A-1, N-121 y N-135 sentido Francia y País Vasco existentes en el 2018 y únicamente se mantienen en la A-8 de Laredo a Castro Urdiales de 16’00 a 22’00 h y N-630 de S. Cebrián de Castro a Rionegro del Puente de 0’00 h a 24’00 h.
  • Ante la festividad en Navarra, el 20 de octubre queda restringida la circulación en la AP-15 en Tudela del km 6 al 13, en la A-68 y N-232 de Castejón de Tudela y en la NA-134 de Fontellas a Valtierra, en todas desde las 0’00 h hasta las 22’00 h en ambos sentidos.
  • Ante la festividad de Todos los Santos, el día 3 de noviembre, junto a las restricciones habituales se introduce una nueva en la A-62 entre el enlace de la A-6 en Tordesillas hasta Valladolid, desde las 16’00 h hasta las 24’00 h sentido Burgos.