La Comisión Europea lleva a España ante el Tribunal Europeo por exigir requisitos de antigüedad a los vehículos al solicitar las autorizaciones de transporte.
La Comisión Europea considera que dicha exigencia es desproporcionada y contraviene el principio de libre circulación establecido en el Tratado de la UE. 
La Comisión Europea ha acordado este jueves 21 de Junio llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea como consecuencia de la prohibición existente en la legislación española que impide ejercer la actividad de transporte por primera vez a los vehículos que superan determinada antigüedad.

Como se recodará, la vigente Orden Ministerial sobre otorgamiento de autorizaciones para ejerce la actividad de transporte por carretera, exige entre otros requisitos que los transportistas adquieran vehículos prácticamente nuevos (esto es, de menos de 5 meses de antigüedad) para poder ejercer la actividad.

La Comisión Europea considera que esta exigencia española no tiene en cuenta que es suficiente con que los vehículos cumplan los requisitos europeos y nacionales para poder circular en el Estado miembro de origen, por lo que a su juicio la normativa española es desproporcionada e infringe el principio de libre circulación de las mercancías consagrado en el artículo 34 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Asimismo la Comisión rechaza que dicha restricción tenga justificación en una pretendida protección medioambiental o la seguridad vial, sino que al contrario lo considera un obstáculo a la importación de vehículos procedentes de otros países, reduciendo la competencia en el mercado español y en consecuencia los transportistas por carretera tienen menos opciones y pueden resultarles más caras.

Una vez que ha sido remitido el asunto al Tribunal Europeo, la Comisión Europea continuará debatiendo la cuestión con las autoridades españolas a fin de que se modifique la actual normativa y se evite la infracción contra España.

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