La Federación Nacional de Transportes FENADISMER promueve ante al Defensor del Pueblo el recurso de inconstitucionalidad  contra la reforma  de la Ley de Tráfico que establece el carné por puntos que entra en vigor hoy martes 9 de agosto La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER), organización de ámbito nacional que agrupa a 30.000 empresas de transporte por carretera, ha acordado solicitar al Defensor del Pueblo que promueva el recurso de inconstitucionalidad contra la reforma de la Ley de Tráfico que establece el carné por puntos que ha entrado en vigor este martes 8 de agosto

            Los motivos fundamentales  para oponernos a dicha reforma de Ley , entre otros, son los siguientes:
1.       Aunque en la exposición de motivos de ley  se anuncia que la misma tiene un carácter reeducador, sin embargo el sistema establecido incide en el carácter sancionador, ya que se recoge un catálogo de infracciones excesivo en las que no se justifica su incidencia directa con la seguridad vial, por lo que debería haberse limitado a aquellas infracciones en que se ponga en peligro grave y directo la seguridad vial.
2.      La aplicación de dicha norma causaría perjuicios o imposible reparación, ya que la retirada definitiva del permiso de conducir privaría a los conductores profesionales del legítimo derecho al ejercicio de su profesión proclamado en el artículo 35 de la Constitución Española deión Española               en 8 de agosto recientemente por la Ley 29/2003stablece laLey de Ordenaci que durante dicha suspensión  en la mayoría de los casos tengan que seguir haciendo frente a los créditos concedidos para el pago del camión y del autobús.
3.      El proyecto podría implicar conceder a la Administración un poder sancionador superior al otorgado a los Jueces y Magistrados en el Código Penal,  con la agravante de que si bien en este último caso las penas sólo se imponen tras el correspondiente juicio penal respetando el principio de derecho a la defensa y en virtud de sentencia judicial firme, en el caso de retirada del permiso de conducir por parte de la Administración podría ser luego anulado por la jurisdicción contencioso-administrativa sin que fuera posible reparar el perjuicio ocasionado al conductor privado de su permiso de conducir
4.      En la actualidad se carece de un Registro Único en el que se reflejen todas las infracciones impuestas por los Ayuntamientos, las Comunidades Autónomas con competencias en tráfico ( País Vasco y Cataluña y los 7000 Ayuntamientos) y la propia Dirección General de Tráfico, lo que podría suponer una discriminación para los conductores en función de su lugar de residencia
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