EN TRAMITE EL PROYECTO DE LEY DEL GASOLEO PROFESIONAL Y DE EXENCIÓN DEL TRAMO AUTONÓMICO DEL IMPUESTO SANITARIO SOBRE CARBURANTES.

En desarrollo de los Acuerdos Gobierno-Asociaciones, suscritos el pasado mes de Octubre, se está tramitando en la actualidad en el Parlamento el proyecto de Ley por el que se crea la figura del gasóleo profesional para el transporte por carretera así como por el que se faculta a las Comunidades Autónomas que hayan aplicado el impuesto sanitario sobre los carburantes a devolverlo a los transportistas que lo hayan soportado. Se espera que el proyecto de Ley sea aprobado a finales del mes de Octubre (una vez que ayer fue aprobado en el Senado y ha pasado al Congreso) y entre en vigor el 1 de Enero.

Cabe destacar del proyecto de Ley lo siguiente:

1º) La cuantía máxima a devolver no excederá de 50.000 litros por vehículo y año tanto para autobuses como camiones. En el caso de los taxis, 5.000 litros por vehículo y año.

2º) En el caso de camiones, se podrán acoger los camiones tanto de servicio público como privado con una masa máxima autorizada igual o superior a 7’5 toneladas.

3º) Será obligatorio que los interesados utilicen tarjetas de pago de suministro de carburantes respecto del cual solicitan la devolución.

4º) Para 2007 la cantidad a devolver al transportista irá en función del impuesto que el Gobierno establezca para el gasóleo de uso particular, en el caso de que el Gobierno establezca exclusivamente el mínimo exigido por la Unión Europea, la devolución será de 1 céntimo por litro consumido a lo que habrá que añadir lo que aprueben las Comunidades Autónomas como devolución del céntimo sanitario (que oscila entre 1’2 y 2’4 céntimos por litro).

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