Fenadismer solicitará al Gobierno español que derogue cautelarmente  el céntimo sanitario sobre los carburantes y establezca otras vías fiscales de financiación.

Dos Tribunales Superiores de Justicia españoles plantean su posible ilegalidad ante el Tribunal de Justicia europeo, que podría obligar a la Agencia Tributaria española a devolver más de 5.000 millones de euros recaudados en los últimos 5 años.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, al que se ha sumado el Tribunal Superior de Galicia, ha planteado ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea una cuestión prejudicial para que analice la posible ilegalidad del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (coloquialmente denominado “céntimo sanitario”), creado mediante la Ley 24/2001 de 27 de diciembre, por considerar ambos Tribunales que el impuesto podría ser contrario a la normativa europea en materia de fiscalidad sobre los carburantes.

Dicho tributo, en vigor desde Enero del 2002 grava el consumo de carburantes (gasolinas o gasóleos) con un sobrecargo en toda España (a excepción de Canarias) de 2’4 céntimos (4 pesetas) en cada litro consumido tanto por los consumidores profesionales (transportistas y taxistas principalmente) como por los restantes consumidores particulares. Asimismo en varias Comunidades Autónomas, se está aplicando un recargo superior que alcanza hasta los 4’8 céntimos de euro (8 pesetas) por litro.

Recordemos que ya la Comisión Europea mediante dictamen motivado el pasado año 2008 instaba al Gobierno español a que modificara la legislación española por considerar que dicho impuesto no se ajustaba a la normativa comunitaria, amenazando con presentar la correspondiente demanda ante el Tribunal de Justicia Europeo, si no corregía dicha situación ilegal.

A pesar de la resolución de la Comisión Europea, a la que se suma las cuestiones de prejudicialidad planteadas por los Tribunales Superiores de Justicia, los sucesivos Gobiernos españoles han mantenido vigente el impuesto sanitario sobre los carburantes, por lo que de dictarse una previsible sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, podría obligar a la Agencia Tributaria española a devolver a los consumidores profesionales y particulares lo recaudado en los últimos 5 años por este impuesto, en torno a 1000 millones de euros anuales más los intereses legales de demora vigentes, lo que supondría un importante quebranto económico para las arcas públicas superior a los 6000 millones de euros, lo que aconseja dejar en suspenso inmediato la aplicación de dicho impuesto a fin de no agravar la precaria situación financiera de la Hacienda española y sustituirlo por otras fórmulas fiscales de financiación tanto estatal como autonómicas.

Por ello, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER), organización de ámbito nacional que agrupa a más de 32.000 pequeñas y medianas empresas de transporte por carretera en toda España va a solicitar formalmente al  Ministro de Hacienda, que se apruebe con carácter urgente la derogación cautelar de dicha ley hasta que se resuelva el recurso por el Tribunal europeo.

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