REUNION EN MATERIA DE CONTRATACION DE TRABAJADORES  EXTRANJEROS ENTRE EL COMITÉ NACIONAL Y LOS MINISTERIOS DE TRABAJO Y FOMENTO.

El pasado 15 de febrero tuvo lugar una reunión entre representantes del Ministerio de Fomento, el Comité Nacional de Transportes y representantes del Ministerio de Trabajo  y Asuntos Sociales (Sub. Gral. de Flujos Migratorios) en materia de contratación de trabajadores extranjeros debido al fenómeno cada vez más extendido de contratación de ciudadanos no pertenecientes a la Unión Europea.

 

El objetivo fundamental de esta reunión consistió en poner de manifiesto las fórmulas y cauces de contratación de estos trabajadores y que pueden resumirse en dos:

 

1. Contratación por el Régimen General de Extranjería: este sistema permite a la empresa por sus propios medios localizar y seleccionar al trabajador extranjero en cualquier país y solicitar para el mismo la Autorización de Residencia y Trabajo. Esta oferta de empleo tiene por tanto carácter nominativo o individual.

 

Puede accederse a esta vía de contratación en alguno de los siguientes casos:

 

a) que el puesto de trabajo que pretende cubrirse se encuentre dentro del catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura (se publica por el Ministerio de Trabajo trimestralmente).

 

b) si no se encuentra en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, que se haya obtenido Certificado Negativo del INEM acreditativo de la no existencia de trabajadores o de su falta de idoneidad.

 

El permiso de residencia y trabajo para esta modalidad de contratación se concede por 1 año, renovable en dos ocasiones por dos años, tras los cuales, se concede la residencia permanente (5 años).

 

2. Contratación por el régimen de Contingente: este sistema permite la realización de ofertas genéricas y colectivas (mínimo 10 trabajadores, aunque en casos excepcionales se permite la gestión de 5), tramitándose por la Dir. Gral. de Inmigración en colaboración con la Agencia de Empleo del país seleccionado.

 

 

Este sistema sólo se encuentra previsto para la contratación de trabajadores de países con los que España ha suscrito un Acuerdo sobre flujos migratorios: Colombia. Ecuador, República Dominicana, Bulgaria, Rumania Marruecos y Senegal y este año previsiblemente también Bolivia.

 

La empresa solicitante indicará el nº de puestos a cubrir, la ocupación efectiva del puesto a cubrir y la oferta de trabajo con las condiciones económicas, laborales … (en idénticos términos a un trabajador nacional).

 

Seleccionados los trabajadores extranjeros se tramita el Permiso de Residencia y Trabajo con una duración de 1 año. Durante ese tiempo, la relación entre empresario y trabajador será la misma que con un trabajador nacional.

 

El Contingente se fija de forma anual, si bien a lo largo del año esas previsiones pueden ser modificadas bien para ampliar cupo, bien para introducir nuevos puestos . Para el año 2007 (BOE 9/01/2007) hay previstos un total de 27.000 puestos de los cuales 4.900 corresponden al sector Transporte.

 

 

Otra de las cuestiones planteadas por los responsables de Inmigración fue la nueva regulación (BOE 6/01/2007) para impartir formación ocupacional en origen, mediante una fórmula similar al Plan FIP.

 

Por último, ante la importancia del tema y a iniciativa del Secretario General de FENADISMER, Juan Antonio Millán, se ha previsto la creación de un Grupo de Trabajo constituido por el Comité Nacional de Transportes que se encargará de analizar estas cuestiones para preentablas en próximas reuniones con los Ministerios de Fomento y Trabajo y Asuntos Sociales.

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