El Congreso de los Diputados vota mañana el nuevo límite para continuar acogido al régimen de módulos el próximo año.

La propuesta establece un límite de facturación en el año actual de 125.000 euros para continuar acogido en 2016, aunque a partir de 2017 se reducirá a 75.000 euros.

Como ya adelantó FENADISMER a finales del pasado mes de Septiembre, el Ministerio de Hacienda introdujo una enmienda a la actual Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016, que se está tramitando en el Parlamento, por la cual se propone incrementar el importe máximo de facturación que el transportista autónomo debe realizar en el año en curso para poder continuar acogido al régimen de módulos del IRPF e IVA en el próximo año 2016.

Como informamos en su día, la reforma fiscal promovida por el Gobierno a finales de 2014, plasmada en la Ley 26/2014 de Noviembre, estableció inicialmente que a partir de 2016 sólo podían continuar acogidos al régimen de módulos aquellos transportistas autónomos cuyo volumen de rendimientos íntegros (esto es, su facturación anual antes de IVA) no superara los 75.000 euros, salvo que trabajara para clientes particulares, en cuyo caso el límite de facturación se establecía en 150.000 euros.

Ello implicaba que prácticamente la totalidad de los 70.000 autónomos que en la actualidad tributan por el régimen de módulos debían abandonar dicho régimen de tributación, debiendo tributar a partir de 2016 por el régimen de estimación directa, con la salvedad de los transportistas titulares de vehículos ligeros que podrían continuar acogiéndose a dicho régimen por sus menores costes de explotación.

Sin embargo, con la nueva propuesta que actualmente se tramita en el Parlamento, por la que se incrementa el límite de exclusión del régimen de módulos a 125.000 euros de facturación anual (o 250.000 euros si la facturación se realiza exclusivamente a clientes particulares) permitirá que puedan acogerse también una parte de los transportistas autónomos que sean titulares de un vehículo pesado, con la excepción de los que realizan transporte nacional de larga distancia así como aquellos dedicados a transporte internacional, dado que al tener que recorrer más kilómetros, y en consecuencia tener mayores costes de explotación, sobrepasarán dicho límite establecido, junto a los transportistas titulares de 2 o más vehículos de transporte acogidos actualmente también al régimen de módulos y que asimismo quedarán excluidos. Hay que tener en cuenta que en la actualidad el límite de exclusión estaba establecido en 300.000 euros, lo que permitía acogerse a la práctica totalidad de los transportistas autónomos.

La enmienda que recoge el nuevo límite para acogerse al régimen de módulos tanto del IRPF como del IVA se votará mañana martes 20 de Octubre en el Pleno del Congreso de los Diputados, estableciéndose que dicho límite se mantendrá exclusivamente para los ejercicios fiscales 2016 y 2017, por lo que en consecuencia a partir de 2018 no se podrá acoger al régimen de módulos aquel transportista autónomo que en el año anterior haya facturado más de 75.000 euros anuales.