• Las restricciones establecidas para este año 2021 tienen como objetivo garantizar la movilidad, la fluidez y la seguridad vial con carácter general y en especial, en festivos, vacaciones o desplazamientos masivos.

 

  • Se mantienen las mismas carreteras y horarios afectados en años anteriores por las restricciones pero como novedad se introduce una nueva categoría de restricciones en carreteras con especiales dificultades de gestión.

 

 

El pasado viernes 19 de febrero fue publicada en el BOE la Resolución INT/332/2021, de 8 de febrero del Servicio Catalán de Tráfico por la que se establecen las restricciones a la circulación en Cataluña para el año 2021 y que serán aplicables desde el día de hoy hasta la aprobación de las nuevas restricciones para el próximo año.

 

Como novedad más significativa se encuentra la introducción de restricciones para vehículos de más de 7,5 tns de MMA, transportes especiales y vehículos especiales, así como aquellos que transporten mercancías peligrosas, en determinadas carreteras con especiales dificultades de gestión, quedando en ellas restringida la circulación, en tránsito o de paso, para no realizar ninguna operación de transporte del tipo que sea.

 

Con carácter general, se establecen las siguientes Restricciones en las carreteras catalanas:

 

-Todos los sábados de 2021 de 10.00 a 14.00 horas en Barcelona N-II del km 630 al km 682 en ambos sentidos y todos los domingos y festivos de 17.00 a 22.00 horas en Barcelona en ambos sentidos en N-II del km 630 al km 682; en N-340 de Villafranca del Penedés a Cervelló, y en N-340a de Cervelló a Quatre Camins.

 

-Todos los sábados de julio de 10h u 11h a 14h y todos los domingos de julio de 17h a 22h en determinadas carreteras catalanas

 

-Todos los sábados del 10 de julio al 4 de septiembre en N-240 del km.87 – Lleida al 69 Les Borges Blanques, sentido Tarragona.

 

-Otras restricciones específicas con ocasión de la Semana Santa y los Puentes del Día de la Hispanidad y de la Inmaculada.

 

-Además, se mantiene las restricciones por desvíos obligatorios a las autopistas paralelas para los vehículos o conjuntos de vehículos de 4 o más ejes todos los días del año de 0h a 24h en tramos de la N-II  en la provincia de Gerona, así como la N-240 y N-340 en la provincia de Tarragona.

 

-En el caso de los transportes de mercancías peligrosas, además de las restricciones antes señaladas, se prohíbe la circulación en todas las carreteras todos los domingos y festivos de 8h a 24h y vísperas de festivo que sean miércoles o jueves de 16h a 24h, debiendo utilizar fuera de ese horario restringido la Red Itinerarios RIMP.

 

Puede consultarse la resolución completa en el enlace siguiente:

 

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-2571

 

 

 

 

 

 

Temáticas: