• Ante la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado, el presupuesto disponible para las Ayudas al Abandono de la Actividad se limita a 9,3 millones de euros.

 

  • El plazo máximo para solicitar las ayudas es de un mes desde su publicación.

 

 

Como se recordará, ante el anuncio del anterior Gobierno de suprimir dichas ayudas a partir de este año 2019 como consecuencia de la nueva regulación de acceso al sector, FENADISMER había solicitado su mantenimiento por su indudable carácter social, a fin de posibilitar un retiro digno a los transportistas al final de su vida profesional. Finalmente el actual Gobierno ha procedido a su aprobación, procediendo este jueves 11 de Abril a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Fomento por la que se convocan las ayudas anuales dirigidas a los transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.

 

Asimismo, como consecuencia de la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado, las ayudas al abandono de la actividad para este año 2019 mantienen las mismas condiciones económicas que el pasado año, por lo que su presupuesto queda limitado a 9,3 millones de euros.

 

Podrán ser beneficiarios de dichas ayudas aquellos transportistas autónomos que hayan cumplido los 64 años, así como para aquellos transportistas que, sea cual sea su edad, tuvieran reconocida a fecha de solicitud, una incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez.

 

Las solicitudes y tramitación de los expedientes de abandono de actividad, deberán efectuarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Fomento, teniendo en cuenta que el plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación, es decir, la fecha límite para presentar las solicitudes será hasta el próximo 11 de mayo.

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