• Los confinamientos locales decretados tanto en Santoña por el Gobierno de Cantabria como en Beniganim por la Generalitat Valenciana no excluyen expresamente al transporte de mercancías por carretera de las restricciones de desplazamiento decretadas, impidiendo desarrollar con normalidad la labor de los transportistas que acceden a dichos municipios.

 

  • Fenadismer insiste de nuevo a las Comunidades Autónomas en la necesidad de que no se establezca restricción alguna a la actividad del transporte por carretera para garantizar el normal abastecimiento de mercancías a la población y a las actividades económicas que permanecen abiertas en aquellas poblaciones en que se decreten confinamientos perimetrales.

 

Pese a la advertencia que públicamente hizo FENADISMER la semana pasada de que, en caso de que se establecieran confinamientos sanitarios en determinadas áreas geográficas, se estableciera, en todo caso y de forma expresa, la exención total del transporte por carretera a cualquier restricción como actividad esencial vertebradora de la distribución y aprovisionamiento de las mercancías, sin embargo, los primeros casos de confinamientos locales decretados hasta la fecha han ido incomprensiblemente en la dirección contraria.

 

Tal es el caso de los confinamientos perimetrales decretados tanto en el municipio de Santoña por el Gobierno de Cantabria como en el de Beniganim por la Generalitat Valenciana, en los que en ambos casos las Ordenes aprobadas por sus respectivas Consejerías de Sanidad, siguiendo el mismo patrón e idéntica redacción, restringen todos los desplazamientos de entrada y salida a dichos municipios, estableciendo una serie de excepciones, entre las que no se incluye expresamente al transporte de mercancías. Ello en la práctica está impidiendo desarrollar con normalidad la labor de los transportistas que transportan mercancías a dichos municipios, ya que para poder acceder deben justificar ante los agentes de control el carácter esencial de la mercancía transportada.

 

FENADISMER recuerda que cualquier limitación en la libre circulación de los vehículos de transporte dificulta gravemente el suministro de mercancías necesarias para el abastecimiento tanto de la población y de las restantes actividades económicas, como así ha quedado demostrado de forma evidente en los últimos meses, por lo que una vez más hace un llamamiento a todas las Administraciones Públicas territoriales para que contemplen expresamente el carácter esencial del sector del transporte de mercancías, de modo análogo a como se exceptuó en su día por el Gobierno central durante la declaración del estado de alarma.

 

 

 

 

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