Tras varias sentencias del Tribunal Supremo reconociendo el derecho a favor de los autónomos con forma societaria a optar a la tarifa plana de cotización a la seguridad social (60 euros/mes el primer año), la Tesorería General de la Seguridad Social se ha visto obligada a cambiar de criterio en una Resolución interna dictada a finales de Julio  en la que expresamente establece “que se permita a los trabajadores autónomos socios de sociedades mercantiles (limitadas o anónimas), acceder a los beneficios previstos», en el artículo que regula la tarifa plana.

Asimismo se prevé la posibilidad de los que lo pidieron y se lo denegaron pueden solicitar su revisión aunque sea firme la denegación.

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