• Transit de Cataluña levanta desde este 1 de Abril todas las restricciones a camiones que aún permanecían vigentes, incluyendo los desvíos obligatorios a camiones a las autopistas de peaje AP-7 y AP-2.

 

  • Por el contrario la Dirección General de Tráfico mantiene sorprendentemente los desvíos obligatorios a camiones en la AP-68 y en la AP-7 prohibiendo su circulación por las carreteras nacionales, pese a la reducción del tráfico privado en más de un 90% en la red viaria española.

Resulta sorprendente que pese a la labor tan esencial que el sector del transporte de mercancías por carretera está desarrollando en este momento tan excepcional, en cuanto vertebrador del resto de actividades económicas que permanecen abiertas en nuestro país y de garantía del abastecimiento de alimentos de productos de primera necesidad a la población española, sin embargo haya Administraciones Públicas que aún no se hayan dado cuenta del todo de este papel fundamental que diariamente llevan a cabo los transportistas, y por el contrario aún sigan manteniendo trabas y obstáculos al desarrollo de su actividad.

 

Hay que tener en cuenta que el 85% de las mercancías en España se trasladan por carretera, de ahí la necesidad de que el transporte por carretera mantenga su actividad plenamente y facilitando su ejercicio por los poderes públicos.

 

Por ello, FENADISMER no comprende como la Dirección General de Tráfico mantiene la prohibición de que los camiones puedan circular por las carreteras nacionales durante este período excepcional de estado de alarma, lo que afecta entre otras, a vías de tanta importancia para el tráfico de mercancías, como la N-340 que vertebra el corredor mediterráneo, o la N-232 que conecta el País Vasco con La Rioja, Navarra, Aragón y Cataluña.

 

Pues aunque parezca aberrante en la actual situación, sorprendentemente la DGT sigue manteniendo el desvío obligatorio de los camiones a las autopistas de peaje AP-68 y AP-7 (ésta última en la provincia de Castellón, por cuanto el resto de la autopista discurre por territorio catalán), dificultando que los transportistas puedan tener la mayor movilidad posible e incluso poder acceder a hacer el repostaje de sus vehículos o su propia manutención en las áreas que permanecen abiertas y con el agravante de que encima se sigue sancionando a los transportistas.

 

Este sinsentido contrasta con la decisión de la Generalitat de Cataluña de proceder desde este miércoles al levantamiento de las pocas restricciones a la circulación de camiones que aún quedaban vigentes. Así la nueva resolución que va a hacer pública el Departamento de Interior catalán levanta todas las restricciones que todavía estaban en vigor en Cataluña. Esta resolución deja sin efecto desde el domingo 29 de marzo de 2020, y mientras esté vigente el estado de alarma y sus prórrogas, las restricciones a la circulación aplicables a los vehículos y conjuntos de vehículos destinados al transporte de mercancías en general, los vehículos especiales y a los vehículos que realizan transportes especiales y a los vehículos y conjuntos que transportan mercancías peligrosas.

 

En la resolución se especifica que, en este caso desde el miércoles 1 de abril, se deja sin efecto las restricciones permanentes establecidas en los tramos de la N-II, N-240 y N-340 que obligan a utilizar las autopistas de peaje a los camiones de cuatro o más ejes y de más de 26 toneladas de MMA o MMC.

 

También desde el miércoles 1 de abril se levantan las restricciones que se aplican a las mercancías peligrosas y a los transportes especiales y vehículos especiales durante los domingos y festivos en todas las carreteras catalanas, y también se suspenden las limitaciones a su paso por los túneles del Cadí y de Vielha y, para los transportes especiales, por la A-2 entre los km. 444 527.

 

Igualmente, se concreta que también quedan sin efecto las restricciones fijadas para las carreteras N-230 y C-28 en el Valle de Arán.

 

 

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