• A pesar de ser conocedora de la imposibilidad de los transportistas de cumplir diversas normas comunitarias, la Comisión Europea se desentiende de sus obligaciones básicas de coordinación, negándose a ofrecer soluciones reales de armonización entre los Estados Miembros que permitan el desarrollo fluido del transporte necesario para abastecer a más de 500 millones de ciudadanos en la UE.

 

  • La eurodiputada vasca Izaskun Bilbao presenta una iniciativa parlamentaria a la Comisaria europea de Transportes reclamándole que obligue a los Estados miembros a una actuación unificada y homogénea de sus medidas unilaterales en la actual situación de excepcionalidad.

 

 

Una vez más, la situación de emergencia sanitaria global que de forma muy severa está afectando a toda Europa, pone de manifiesto la lentitud del funcionamiento de la instituciones comunitarias y, lo que resulta aún peor, la falta de una actuación eficaz y efectiva de coordinación de medidas que obliguen a los Estados Miembros a reconocer y validar de forma temporal y excepcional un conjunto de medidas generales y armonizadas de aplicación idéntica en todos ellos y que, en nuestro sector, está afectando de manera significativa al desarrollo sin trabas de un servicio esencial como es el transporte de mercancías por carretera.

 

La crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 ha obligado al conjunto de países de la UE a adoptar temporalmente una serie de medidas y regulaciones de carácter nacional que terminan resultando un auténtico rompecabezas para los transportistas por carretera, ya que suponen de facto derogar la normativa unitaria a nivel europeo que viene rigiendo los últimos 30 años en la actividad del transporte por carretera en el ámbito de la Unión Europea, y que permite a los transportistas prestar sus servicios de forma ágil y sin obstáculos. Sin embargo, ha tenido que ser una epidemia la que haya puesto “patas arriba” esta deseada armonización regulatoria de la actividad, actuando cada país por su cuenta mediante modificaciones locales a la regulación unitaria, totalmente descoordinadas, provocando con ello una importante inseguridad jurídica a los transportistas que continúan con muchas dificultades prestando sus servicios internacionales, esenciales en el momento actual.

 

Pese a ser consciente y conocedora de esta situación y de las quejas expresadas por diferentes Estados miembros, la Comisión Europea, “escondiendo la cabeza como un avestruz”, se ha limitado a manifestar, por boca de su Director General de Movilidad, que “comprende la necesidad de que las autoridades nacionales tomen iniciativas para garantizar la continuidad del transporte en las actuales circunstancias extraordinarias”, pero se desentiende de sus obligaciones básicas de coordinación, negándose  a ofrecer soluciones reales de armonización entre los Estados Miembros que permitan el desarrollo fluido del transporte en esta situación de excepcionalidad.

 

Además, en un arrebato de sinceridad sobre su nula predisposición  a intentar buscar soluciones a este grave problema, que supone de facto una quiebra del mercado único del transporte en la UE, el representante de la Comisión europea  añade, sin ningún pudor, que “ la Comisión Europea no se encuentra en disposición de autorizar una exención o excepción global a nivel comunitario de las disposiciones en materia de transporte”, aunque reconoce que como guardiana de la normativa europea, “ sí está en disposición de tener en cuenta las dificultades excepcionales de los diversos países de la UE, siempre y cuando no se extralimiten en la adopción de medidas”.

 

Tan absoluta dejación de funciones y desconocimiento real de la situación que están padeciendo las decenas de miles de transportistas que diariamente viajan por Europa en estos momentos tan difíciles para tratar de asegurar el abastecimiento a sus más de 500 millones de habitantes, ha motivado que la Eurodiputada del PNV, Izaskun Bilbao, haya presentado este lunes 31 de Marzo una iniciativa parlamentaria a la Comisaria europea de Transportes reclamándole que obligue a los Estados miembros a una actuación unificada y homogénea de las medidas unilaterales que están adoptando en la actual situación de excepcionalidad.

 

Se reproduce a continuación el texto íntegro de la iniciativa parlamentaria:

 

“La iniciativa de la representante jeltzale responde a las quejas y preocupación de diversas asociaciones profesionales, especialmente las que incorporan asociados que realizan rutas de transporte internacional. Izaskun Bilbao relata en su iniciativa que  a consecuencia de la pandemia un significativo número de estados miembros de la Unión, “han adoptado en las últimas semanas una serie de disposiciones unilaterales en torno a la aplicación del Reglamento 561/2006 que regula, entre otros aspectos, los tiempos de conducción y descanso que deben observar los profesionales el transporte por carretera”.

 

La eurodiputada vasca lamenta que las modificaciones no sean homogéneas lo que ha generado una dispersión normativa que origina “grandes diferencias en el régimen aplicable a esta actividad en países limítrofes haciendo muy difícil la operación del transporte internacional. Un camión que sale de Lisboa, razona en su iniciativa, debe cumplir en la actualidad regímenes completamente diferentes en España, Francia, Alemania o Bélgica para llegar al centro de Europa lo que genera un enorme estrés administrativo a las empresas para planificar rutas adaptadas a la situación, una notable inseguridad jurídica para todos los operadores y graves problemas de operación a los conductores”.

 

Por estas razones la eurodiputada vasca se interesa por las medidas que piensa adoptar la Comisión Europea para “reestablecer la unidad de criterio y aplicación para que la adaptación del reglamento 561/2006 se efectúe de modo coordinado en los estados miembros”. Además, pregunta sobre las gestiones que se están realizando con los estados miembros para resolver esta situación. Finalmente y a la vista de que las modificaciones estado a estado afectan a una norma europea Izaskun Bilbao Barandica plantea que validez pueden tener las sanciones que se impongan al abrigo de estos regímenes transitorios dado su carácter estatal y unilateral en un ámbito en el que la competencia para armonizar la normativa es, indudablemente, comunitaria”.

 

 

 

 

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