• La Comisión de Transportes del Parlamento europeo mantiene la obligación de que los camiones regresen a sus países de origen al menos cada ocho semanas y el periodo de enfriamiento del cabotaje para evitar los cabotajes permanentes. 
  • Tras la ratificación del Paquete de Movilidad por el Parlamento Europeo, sólo queda su ratificación definitiva por el Consejo y el Pleno del Parlamento europeo en las próximas semanas.  

La aprobación definitiva del Paquete legislativo de Movilidad, promovido en Abril de 2017 por la Comisión Europea y que incluye proyectos legislativos de vital importancia para el futuro desarrollo de la actividad del transporte por carretera en la Unión Europea, ha venido estado sometida durante estos 2 años a numerosos obstáculos y enfrentamientos entre los Estados miembros, principalmente entre los países del Este y los del Oeste, como ha venido informando FENADISMER.

Por ello, no sin dificultad, los diferentes proyectos legislativos que comporta el Paquete de Movilidad han ido superando todos los trámites legislativos necesarios para su definitiva aprobación, como ocurrió  el pasado 12 de diciembre en la reunión del Trílogo Interinstitucional de la UE en la que participan las tres instituciones básicas de la UE, el Parlamento, el Consejo y la Comisión, y más recientemente, su ratificación el pasado 20 de Diciembre por parte por parte del COREPER, esto es, del Comité de representantes de los gobiernos nacionales de la Unión Europea.

Así satisfactoriamente, este martes 21 de Enero se ha dado un nuevo paso más tendente a su definitiva aprobación, gracias al acuerdo adoptado en la Comisión de Transportes del Parlamento Europeo, que por una amplia mayoría ha ratificado el texto aprobado en su día.

El acuerdo mantiene los actuales límites existentes para el cabotaje (tres operaciones en siete días), introduciendo un «período de enfriamiento» de cuatro días antes de que se puedan realizar más operaciones de cabotaje dentro del mismo país con el mismo vehículo.

Asimismo para luchar contra el uso de las empresas buzón, las empresas de transporte por carretera necesitarán acreditar que tienen actividad “real” en el Estado miembro en el que están registradas, para lo que se exigirá que los camiones regresen al país de matriculación cada ocho semanas. En relación con lo anterior, las empresas deberán organizar sus horarios para que los conductores en el transporte internacional de carga puedan regresar a sus hogares a intervalos regulares (cada tres o cuatro semanas, según el horario de trabajo).

Además se mantiene la prohibición de que el período de descanso obligatorio al final de la semana, conocido como descanso semanal regular, se puede tomar en la cabina del camión.  Si este período de descanso se realiza fuera del domicilio del conductor, la empresa de transporte deberá sufragar los gastos del alojamiento.

Una vez ha sido ratificado el Paquete de Movilidad por la Comisión de Transportes, ya sólo quedan pendientes algunos trámites formales ante el Consejo y el Pleno del Parlamento para su adopción final, tras lo cual se procederá a su posterior publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

 

 

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