Hacienda podría regalar +5.000 millones a las petroleras por el impuesto de hidrocarburos 2013-2018 declarado ilegal
• El Tribunal Supremo falla la primera sentencia en las que declara que las petroleras son las únicas legitimadas para obtener la devolución del recargo autonómico del impuesto de hidrocarburos que estuvo vigente en España entre 2013 y 2018 y que fue declarado ilegal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, negando la posibilidad de reclamar al Estado a los consumidores finales tanto particulares como profesionales, a diferencia de lo que ocurrió con el céntimo sanitario también declarado ilegal por el Tribunal Europeo.
• La sentencia del Alto Tribunal, que recrimina la pasividad del Ministerio de Hacienda en acreditar que las petroleras trasladaron el impuesto a los consumidores particulares, posibilitará que les regalen de forma injusta los más de 5.000 millones recaudados por este impuesto, y que por el contrario los transportistas y demás consumidores no recuperen nada, lo que supondría una vez más un claro “pelotazo” y enriquecimiento injusto para las petroleras españolas.
Como se recordará, en Mayo de 2024 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló en contra del tramo autonómico del impuesto de hidrocarburos que estuvo vigente entre 2013 y 2018, y que paradójicamente se aprobó para sustituir al impuesto de ventas minoristas sobre los hidrocarburos ( coloquialmente denominado “céntimo sanitario”) que se aplicó de 2002 a 2012, y que también fue declarado ilegal por el Tribunal Europeo.
Sin embargo, como ya ha venido advirtiendo reiteradamente FENADISMER, a diferencia del céntimo sanitario en que estaba clara desde un inicio la legitimidad de los consumidores afectados (tanto transportistas como particulares) a solicitar la devolución al Estado de dicha devolución, en el caso de este impuesto recomendaba ser cautelosos y esperar al pronunciamiento que al respecto debía hacer el Tribunal Supremo sobre la aplicación efectiva de la sentencia europea.
Y lamentablemente los peores presagios se han cumplido, y es que la Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal español se ha pronunciado sobre esta cuestión el pasado 21 de Enero, mediante una sentencia hecha pública hace unos días y que ha causado enorme sorpresa y estupor en diferentes ámbitos jurídicos, ya que recrimina la actitud pasiva que ha seguido el Ministerio de Hacienda en acreditar que las petroleras hayan repercutido el impuesto a los consumidores, ya que éstas no están obligadas a demostrar que no lo hicieron. En este sentido el Tribunal Supremo llega a afirmar lo siguiente: ”..tampoco ha sido objeto de debate en el recurso de casación el supuesto reembolso por parte de la compañía petrolera, por medio de repercusión económica, obtenido de los adquirentes de sus productos gravados, ni se trata de un punto que haya sido discutido en la instancia ni, sobre todo, objeto de prueba, cuya carga incumbe a la Administración obligada a la devolución”
De este modo, el Tribunal Supremo establece de una parte que el derecho a recuperar el impuesto recaudado de forma ilegal durante los 6 años correspondería en exclusiva a las petroleras, por ser las que tributaron por dicho impuesto, y de otra la pasividad de la Administración en acreditar que éstas lo trasladaron a sus clientes, lo que posibilitará a éstas obtener como regalo un “pelotazo” superior a los 5.000 millones de euros por parte del Ministerio de Hacienda, mientras que paradójicamente los transportistas y demás consumidores no llegarán previsiblemente a recuperar absolutamente nada pese a ser los que lo soportaron de forma efectiva, generándose una vez más una situación de verdadero enriquecimiento injusto.








