• Desde Enero de 2025, todas las empresas de transporte por carretera, ya sean de viajeros o mercancías, estarán obligadas bajo sanción a informar a sus clientes sobre los gases de efecto invernadero (GEI) emitidos en cada servicio de transporte realizado en territorio galo.
  • La norma se aplicará tanto a transportistas nacionales como extranjeros.

 

Según la información facilitada por el Ministerio de Transportes, a partir de Enero de 2025, el Gobierno francés ha establecido que todas las empresas de transporte por carretera, ya sean de viajeros o mercancías, estarán obligadas bajo sanción a informar a sus clientes sobre los gases de efecto invernadero (GEI) emitidos en cada servicio de transporte que realicen En todo caso, esta medida ya estaba en vigor desde 2013 pero referida exclusivamente a la información a facilitar sobre el CO2 emitido

 

Si bien no hay establecido un formato sobre la forma de llevar a cabo dicha información, ésta debe hacerse de tal forma que la misma resulte clara e inequívoca, pudiendo ser sancionados en caso contrario con multas de hasta 3000 euros.

 

Dicha obligación se aplica a todas las operaciones de transporte cuyo origen y destino estén en el territorio francés, incluso cuando las realice un transportista extranjero. En cuanto a la metodología de cálculo a utilizar deberá tenerse en cuenta la cantidad de energía consumida para cada desplazamiento multiplicada por un factor de emisión específico para cada tipo de energía, que puede consultarse en el sitio web de la Agencia francesa de Medio Ambiente y Gestión de la Energía https://www.ademe.fr/

 

 

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