• El Decreto-Ley aprobado por el Gobierno este domingo declara actividad esencial todo el transporte por carretera, por lo que en la práctica sólo se dejaran de prestar los servicios cuyos clientes por no haber sido declarada esencial.

 

  • Por ello, Fenadismer confía en que la Orden que publicará este martes el Ministerio de Sanidad sobre justificación de desplazamientos excluya a las actividades del transporte por carretera para evitar burocracias innecesarias que sólo contribuirían a ralentizar su actividad.

 

Tras la aprobación por el Gobierno este domingo del Decreto Ley 10/2020 , por el que se acuerda endurecer el actual estado de confinamiento en todo el territorio nacional, a partir de este martes 31 sólo las actividades declaradas esenciales en el Anexo de dicho Real Decreto Ley podrán continuar desarrollando su actividad.

 

Como no podía ser de otra forma, el sector del transporte de mercancías por carretera se declara esencial en el Decreto Ley en cuanto vertebrador del resto de actividades económicas en nuestro país; hay que tener en cuenta que el 85% de las mercancías se trasladan por carretera. De ahí la necesidad de que el transporte por carretera mantenga su actividad plenamente y facilitando su ejercicio por los poderes públicos a fin de garantizar el abastecimiento de mercancías tanto a al población como a las restantes actividades económicas que permanecen abiertas. Por eso,  en la práctica la nueva medida sólo afectará a los servicios de transporte que venían prestándose vinculados a las actividades económicas declaradas no esenciales.

Por ello, FENADISMER rechaza el planteamiento propuesto desde algún ámbito empresarial y asociativo de exigir que los transportistas tengan que justificar en carretera o en vías urbanas, ante un agente de control o seguridad, los servicios  que están prestando, al haberse declarado esencial su actividad, sino que por el contrario lo que debe controlarse es que las industrias y establecimientos cuyas actividades han sido declaradas no esenciales cumplen con el Decreto Ley, lo que garantizará que las mercancías que se trasladan son las que corresponden a los transportes “indispensables” en esta situación extraordinaria de mayor confinamiento, como ha declarado este lunes el Ministro de Transportes.

 

Por ello, FENADISMER confía en que la Orden que publicará este martes el Ministerio de Sanidad sobre la obligación de llevar una declaración de justificación de los desplazamientos a realizar, excluya expresamente a las actividades del transporte por carretera, para evitar burocracias innecesarias que sólo contribuirían a ralentizar su indispensable actividad.

 

#ElTransporteNoPara

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