• El Ministerio de Transportes presenta a las asociaciones de transportistas el Plan Nacional de Inspección para el sector del transporte por carretera para el año 20222.

 

  • Se priorizará el control sobre la competencia desleal y dumping social de las empresas deslocalizadas en otros países, que con la entrada en vigor en Febrero de la nueva regulación laboral contenida en el Paquete legislativo de Movilidad de la UE que posibilitará un mejor control.

 

Este miércoles 24 de Noviembre la Subdirectora General de Inspección de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes, acompañada de los responsables de inspección de las Comunidades Autónomas de Cataluña, Madrid, Aragón y Castilla-La Mancha, han presentado a las asociaciones nacionales de transportistas del Plan Nacional de Inspección para el sector del transporte por carretera para el año 2022.

 

Para garantizar la tramitación uniforme de los expedientes sancionadores en todo el Estado, durante este año 2021 se puso en marcha una aplicación informática única a nivel nacional que permite que lo hagan todas las Comunidades Autónomas de manera uniforme dando cumplimiento a lo dispuesto en la normativa de transportes nacional en su última modificación del ROTT. A lo largo del año 2022, se cumplimentará la integración de todas las Comunidades Autónomas de manera que se conseguirá que todos los expedientes sancionadores se tramiten con la misma aplicación informática.

 

El Plan priorizará el próximo año la inspección de transportes por carretera de las empresas de transporte extranjeras que operan en España, en especial de las empresas deslocalizadas que operan en nuestro país (coloquialmente denominadas empresas buzón). De este modo se da cumplimiento a la Directiva europea 22/2006 sobre la aplicación de la legislación social relativa a las actividades de transporte por carretera, que obliga a los Estados miembros a realizar controles dirigidos a las empresas clasificadas como de mayor riesgo. Dicha actuación inspectora ya se ha venido desarrollando desde el año 2016, en colaboración con los cuerpos de inspección de otras Administraciones Públicas, especialmente la Agencia Tributaria y la Inspección de Trabajo.

 

En este sentido, el pasado mes de julio de 2021 se firmó un nuevo protocolo de actuación de la Inspección de Transporte y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con el objetivo de reforzar, mejorar y ampliar la lucha contra el fraude en las contrataciones de trabajadores en el sector de transporte. Así, como se señala en el citado Protocolo, la característica fundamental de las empresas buzón es que se trata de “empresas sin actividad económica real en el país donde tiene su sede y donde contratan a los trabajadores, pero con actividad en otros Estados miembros de Unión Europea donde realmente prestan sus servicios, utilizando fraudulentamente la figura de los desplazamientos transnacionales para eludir las normas que resultan de aplicación y abaratar costes salariales tributarios y de Seguridad Social, con los graves perjuicios que tales prácticas ocasionan”. A tal efecto, el Ministerio de Trabajo ha creado La Unidad Especial de Coordinación sobre Lucha contra el Fraude en el Trabajo Transnacional, creada en el Ministerio de Trabajo y Economía Social, lo que supone un paso más en la participación de las actuaciones inspectoras relacionadas con este tipo de fraude.

 

Dicha Inspección a las empresas buzón se llevará a cabo tanto en carretera (controlando vehículos pesados y ligeros) como a las empresas cargadoras, comprobando el cumplimiento de la normativa social y el cabotaje. Sin embargo, la anterior regulación normativa limitaba las posibilidades de control a esas empresas, por lo que tras la entrada en vigor el próximo mes de Febrero de la regulación laboral y de cabotaje contenida en el Paquete legislativo europeo de movilidad, lo que permitirá a la Inspección de Transporte un control más exhaustivo y eficiente hacia las empresas extranjeras deslocalizadas que operan en España.

 

Ayudará a este tipo de control el hecho de que a partir del próximo mes de Febrero, con la obligación de que el conductor introduzca manualmente el símbolo del país en el que entra después de cruzar la frontera de un Estado Miembro al comienzo de la primera parada del conductor en ese país, favorecerá el control de las empresas extranjeras que realizan transporte nacional.

 

Asimismo como novedad se priorizará el control del cumplimiento de los plazos máximos de pago en el sector del transporte. La lucha contra la morosidad en el ámbito del transporte de mercancías por carretera constituye una de las prioridades políticas de la Unión Europea. La morosidad influye negativamente en la liquidez de las empresas, complicando su gestión financiera y afectando a su competitividad y rentabilidad. Su control será uno de los objetivos tras la introducción de nuevos tipos infractores por la normativa aprobada el pasado mes de Octubre.

 

En cuanto al certificado de actividades, cabe recordar que el Reglamento europeo 1054/2020 establece la obligatoriedad de que los conductores accionen los dispositivos de conmutación para registrar, por separado y de modo diferenciado, los períodos de tiempo en que se realizan sus actividades, lo que hace innecesario, por tanto, el uso del certificado de actividades, dado que los datos que contiene pueden ser registrados por el tacógrafo digital o bien haciendo anotaciones manuales en los registros del tacógrafo analógico.

 

Asimismo se llevará a cabo un año más el control anual de los tiempos de conducción y descanso sobre la flota de en torno a los 470.000 vehículos de transporte que en la actualidad están obligados a llevar tacógrafo en España. Dado que las Directivas europeas imponen a los Estados miembros la obligación de controlar al menos el 3% de las jornadas de trabajo, en el caso de las autoridades de inspección españolas deberán revisarse en 2022 al menos 3.173.513 jornadas de trabajo de los conductores profesionales, de las que en torno a un 50% se controlarán en la sede de las empresas y el otro 50% en carretera.

 

Otras actuaciones de control incluidas en el Plan que se van a llevar a cabo el próximo año son las referidas a la inspección de las operaciones que tengan su origen o destino en grandes centros generadores o destinatarios de cargas, como son las plataformas logísticas y las zonas de carga de los puertos marítimos, donde se concentran los mayores volúmenes de carga y descarga de mercancías. Asimismo se continuará el control sobre las empresas que ofertan servicios de transporte on-line, en especial en lo referido a plataformas de paquetería que, en vehículos diversos, intermedian habitualmente sin estar autorizadas, así como el control de las cooperativas de trabajo asociado que actúen irregularmente en el ámbito tributario (módulos) y en el ámbito laboral, en coordinación con la Inspección de Trabajo de la Agencia Tributaria.

 

 

Con las aportaciones realizadas por las asociaciones de transportistas miembro del Comité Nacional de Transporte por Carretera, así como las observaciones que planteen las Comunidades Autónomas y las Fuerzas de Vigilancia en carretera, se procederá en próximas fechas a la aprobación definitiva del Plan Nacional de Inspección de Transporte por Carretera para el próximo año.

 

 

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