• Como si el coronavirus actuara de distinta forma según la región, tras la entrada en vigor de la nueva normalidad los Gobiernos autonómicos han establecido regulaciones dispares limitando la impartición de los cursos en los centros de formación, que afectan tanto al CAP y ADR entre otros.
  • Anualmente más de 100.000 conductores profesionales asisten a los cursos CAP de reciclaje en los 4.300 centros de formación autorizados en toda España.

 

La situación sin precedentes de crisis sanitaria ocasionada por el covid-19 en nuestro país ha tenido un enorme impacto en la vida normal de los españoles y en el desarrollo de las actividades económicas, sociales y culturales.

 

Ello ha tenido importantes consecuencias, entre otros, en el ámbito educativo y formativo, que durante la declaración del estado de alarma estuvo suspendida en su modalidad presencial, lo que ha supuesto en el sector del transporte por carretera la paralización de todas las acciones formativas más demandadas por los profesionales del sector, como son los cursos para la obtención o renovación del Certificado de Aptitud Profesional CAP, la formación en materia de especialidades de transporte (mercancías peligrosas, transporte de animales vivos, etc) así como otras acciones en materia de logística y almacenaje necesarios para la cualificación y mejora de los autónomos y trabajadores que desarrollan su actividad en el sector del transporte y la logística en España.

 

Para conocer la envergadura de lo que esta suspensión de la actividad formativa ha supuesto, hay que tener en cuenta que sólo en lo que se refiere a los cursos CAP de reciclaje el número de alumnos a formar anualmente superan los 100.000 conductores profesionales, para lo que existe en la actualidad un total de 4320 centros autorizados para impartir dicha formación en toda España.

 

Una vez establecida la nueva normalidad, las Comunidades Autónomas han recuperado sus competencias en materia sanitaria y, como si el coronavirus actuara de manera distinta en cada región española, los Gobiernos autonómicos han establecido regulaciones absolutamente dispares en lo que se refiere a los requisitos de protección sanitaria y aforo máximo para la impartición de cursos presenciales en los centros de formación, afectando a los curos CAP y ADR entre otros.

 

En este sentido, FENADISMER ha llevado a cabo un análisis comparativo de las regulaciones  aprobada a nivel autonómico y los resultados obtenidos son sorprendentes: así en lo que se refiere al aforo máximo algunas Comunidades Autónomas optan por imponer un aforo máximo del 75%, como es el caso de Andalucía, Aragón, Baleares, Castilla-León, Galicia; Murcia y Navarra. En otros casos, no se establecen limitaciones de aforo máximo sino que se opta por imponer una distancia mínima de protección entre alumnos de al menos 1.5 metros, como es el caso del País Vasco, Comunidad Valenciana, Asturias, Canarias y Rioja. En otras regiones el porcentaje de aforo máximo varía según lleven o no mascarilla los alumnos: tal es el caso de Extremadura y Cantabria donde pasan del 75 al 50% de la capacidad del aula. Y por último como situaciones más peculiares cabe destacar Cataluña, que impuso un aforo máximo hasta el 25 de Junio del 50% y a partir de dicha fecha lo sustituye por una distancia mínima entre alumnos de 2.5 metros, y la Comunidad de Madrid, que ha establecido una aforo máximo del 60% hasta el 6 de Julio que se incrementa hasta el 75% a partir de dicha fecha.

 

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