• Si se trata de un camión o furgoneta de más de 10 años o un autobús, ambulancia o taxi de más de 5 años, y la ITV te caducó antes del 20 de Junio, te conviene agotar el disparatado calendario extraordinario que concedió el Ministerio de Industria, ya que la revisión se prorroga hasta Marzo de 2021, y así te evitas la trampa de pagar dos veces seguidas la ITV.    
  • Si por el contrario la ITV de tu vehículo caduca después del 21 de Junio no hay prevista prorroga alguna, por lo que ármate de paciencia para tratar de encontrar una estación ITV que te te dé cita previa, ya que Industria no ha previsto por ahora ninguna solución pese al colapso que sufren buena parte de las estaciones ITV en toda España.

 

La aplicación de la fórmula establecida por el Ministerio de Industria en la Orden SND/413/2020, publicada en el BOE  el pasado mes de Mayo, por la que se estableció un plazo extraordinario de prórroga para pasar la ITV de los vehículos a los que les ha caducado la ITV durante estos meses no deja de deparar resultados sorprendentes, que confirman la precipitación a juicio de FENADISMER con la que se aprobó la medida y los efectos perversos que ocasiona, especialmente en el sector del transporte en todos sus subsectores.

Lógicamente los grandes favorecidos con dicha Orden son las 396 estaciones de ITV que operan en toda España, ya que la regulación establecida, lejos de evitar aglomeraciones durante estos meses, como consecuencia de los más de cuatro millones de vehículos que les ha caducado durante el estado de alarma, lo que en la práctica les garantiza es que todos los vehículos van a tener que pasar su segunda revisión en menos tiempo, al recortar la Orden la frecuencia con que periódicamente deben pasar la ITV, contraviniendo además el Real Decreto que lo regula.

Para saber cuándo te conviene mejor pasar la ITV, hay que distinguir en primer lugar si la revisión te correspondía hacerla antes del 20 de Junio o posteriormente. Si tu vehículo está en el primer caso estás de enhorabuena, ya que la Orden te concede una prrórroga muy generosa para pasarla, que en función de la fecha en que caducaba tienes de plazo hasta el 1 de Marzo de 2021 para pasarla. Si por el contrario, te caduca después del 21 de Junio, pues estás en la peor de las circunstancias, ya que ni Industria ha previsto  prorroga alguna para esos casos y en muchas provincias no conseguirás cita previa en la ITV hasta Septiembre, así que está claro que cuando pasaste la ITV la última vez no fue tu día de suerte y elegiste mal la fecha, así que te toca fastidiarte y dejar el vehículo parado salvo que quieras ser sancionado y que el seguro no te cubra en caso de accidente. Por contra, los afortunados cuyo vehículo caducó justo antes del 20 de Junio están de enhorabuena ya que Industria les ha agraciado con unos generosos plazos para pasar la ITV, pero atención que el regalo tiene trampa y hay que actuar para no caer en ella.

Así los plazos límites concedidos para hacer la revisión son los siguientes en función de la fecha en que caducada la ITV del vehículo:

Del 14 a 20 de marzo. 04/08/2020  
Del 21 a 27 de marzo. 19/08/2020  
Del 28 de marzo a 3 de abril. 03/09/2020  
Del 4 al 10 de abril. 18/09/2020  
Del 11 al 17 de abril. 03/10/2020  
Del 18 al 24 de abril. 18/10/2020  
Del 25 abril al 1 de mayo. 01/11/2020  
Del 2 al 8 mayo. 16/11/2020  
Del 9 al 15 de mayo. 01/12/2020  
Del 16 al 22 de mayo. 16/12/2020  
Del 23 al 29 de mayo. 31/12/2020  
Del 30 de mayo al 5 de junio. 15/01/2021  
Del 6 al 12 de junio. 30/01/2021  
Del 13 al 19 de junio. 14/02/2021  
El 20 de junio. 01/03/2021  

Pero como la Orden recoge la trampa de que al pasar la revisión de la ITV dentro del plazo máximo antes señalado, la estación ITV no establece como fecha de revisión la del día de realización, sino la fecha límite que correspondía pasar al vehículo la ITV durante el estado de alarma, produce como efecto perverso en el caso de las furgonetas, camiones y tractoras de más de 10 años de antigüedad, así como los autobuses, taxis y ambulancias de más de 5 años  que al tener todos ellos establecida una frecuencia periódica de revisión de su ITV cada 6 meses, tendrán que pasarla dos veces seguidas en prácticamente pocos días, previo pago por caja de la doble tasa lógicamente.

¿Cómo poder evitar esta trampa? Muy sencillo, basta agotar los plazos límites establecidos por el Ministerio de Industria de tal forma que la primera y la segunda ITV se solapan e incluso se produce el efecto absurdo de que la primera ITV a pasar sería posterior a la siguiente, lo que le ocurre a todos los vehículos de los anteriormente citados que les hubiera caducado con posterioridad al 25 de Abril. Con un sencillo ejemplo bastará para entender lo aberrante de la norma: para un vehículo que le hubiera vencido la ITV, por ejemplo el 30 de mayo: el transportista deberá pasar la primera revisión antes del 15 de Enero del próximo año, y la segunda casi dos meses antes, en concreto el 30 de Noviembre; ¿Increíble, no?

 

Por ello FENADISMER sigue insistiendo en la precipitación con que el Ministerio de Industria actuó se en la aprobación de la Orden Ministerial, sin establecer un trato prioritario para el sector del transporte por carretera y sin esperar a la finalización del estado de alarma ante la previsible situación de caos y colapso que de hecho se está produciendo en una buena parte de las Estaciones de ITV en toda España, por lo que confía que en los próximos días resuelva esta insostenible situación, que evite que miles de vehículos tanto particulares como profesionales puedan quedar paralizados en las próximas semanas por una causa ajena a su voluntad ante una falta de previsión por parte de las Administraciones Públicas

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