Como ya informó FENADISMER, el pasado 27 de Julio se hizo pública la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que anulaba Madrid Central tras estimar los recursos interpuestos contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprobaba  la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible. La sentencia aún no es firme sino que las partes personadas disponen de un plazo de 30 días para recurrir aunque en principio han anunciado que no lo harán, por lo que en tal caso la sentencia sería firme en un plazo de dos meses

De este modo, se abriría  la posibilidad de anular de miles de multas impuestas desde la entrada en vigor de Madrid Central ya que la sentencia tiene efectos retroactivos. Para recuperar el dinero abonado por las multas será necesario que cada afectado al que en su día le impusieron una sanción interponga el correspondiente recurso extraordinario de revisión  ante el Ayuntamiento de Madrid.

 

En todo caso, debe quedar claro que hasta la sentencia no sea firme, bien porque finalmente no es recurrida, o bien porque una vez recurrida ante el Tribunal Supremo éste ratifique el contenido de la sentencia, mientras tanto el Ayuntamiento puede seguir multando por incumplir la regulación de Madrid Central, aunque esas sanciones también lógicamente podrían ser recurridas una vez sea firme la sentencia.

 

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