Este viernes 27 de Noviembre se ha publicado en el Boletín Oficial de la ciudad de Madrid  la Resolución de 24 de noviembre de 2020 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid por la que se establecen medidas de restricción del tráfico en la calle Gran Vía, en concreto la prohibición de circulación a todos los vehículos de más de 3.500 kilogramos de MMA (Masa Máxima Autorizada), destinados bien para el transporte de mercancías, bien para el de personas, desde las 00:00 horas del día 4 de diciembre de 2020 hasta las 00:00 horas del día 7  de enero de 2021, exceptuándose aquellos que se especifican a continuación:

 

  1. a) Autobuses de la Empresa Municipal de Transporte.
  2. b) Autobuses de transporte turístico de concesión municipal
  3. c) Autobuses de transporte urbano de viajeros para contemplar la iluminación navideña.
  4. d) Unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual.
  5. e) Vehículos de transporte de personas que se dirijan a los hoteles ubicados en la calle Gran

Vía.

  1. f) Autobuses de transporte escolar que cuenten con autorización municipal hasta el día 23 de diciembre de 2020, finalización del periodo lectivo de navidad.
  2. g) Aquellos vehículos que sin estar incluidos en las categorías anteriores, reciban la

autorización expresa de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias como medida

excepcional, conforme al procedimiento que se indica a continuación.

La solicitud para obtener la autorización excepcional a que se refiere el apartado anterior, se dirigirá por escrito al correo restriccionesgranvia@madrid.es con una antelación mínima de cuatro días hábiles al día o días para los que se solicita la preceptiva autorización, debiendo

contener como mínimo:

 

  1. a) Motivación fundada que exprese la absoluta necesidad de solicitar esta medida excepcional.
  2. b) Marca, modelo, matrícula y características técnicas del vehículo con el que se pretenda

acceder.

  1. c) Manifiesto de la carga que se porta, en el caso de ser un vehículo destinado al transporte de

mercancías.

  1. d) Filiación completa de la persona o personas que se hallarán en el vehículo objeto de

solicitud, bien como conductor/es, bien como acompañantes o pasajeros.

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