Bloqueos Francia: Transportes permite 12 días seguidos de conduccion para facilitar las exportaciones navideñas y el retorno a casa
- La grave situación generada estas dos últimas semanas por los bloqueos y atascos kilométricos en las carreteras francesas por la actuación de los agricultores y ganaderos franceses ha llevado al Ministerio de Transportes a aprobar dicha medida para flexibilizar los tiempos de conducción y descaso a los 100.000 transportistas afectados y de este modo facilitar las exportaciones en plena campaña de navidad y su retorno a casa, permitiendo entre otras ampliar la semana de conducción hasta 12 días seguidos de actividad.
- No es la primera vez que España aprueba esta medida excepcional por el imposible cumplimiento por los transportistas de la regulación del uso del tacógrafo, como ya ocurrió durante la pandemia por el Covid o el bloqueo de las fronteras por el Brexit entre otros.
Como ha venido informando FENADISMER, las movilizaciones iniciadas desde el pasado fin de semana por los ganaderos y agricultores franceses en protesta por el sacrifico del ganado vacuno por el brote de dermatosis nodular bovina así como contra la política de la PAC europea y la firma del Tratado de Europa con el Mercosur, ha venido afectando, una vez más, a decenas de miles de transportistas españoles que han sufrido continuos bloqueos en las principales rutas internacionales que atraviesan el país galo, entorpeciendo gravemente el desarrollo de su actividad laboral y perjudicando gravemente las exportaciones de productos españoles a Europa en plena campaña de Navidad y el posterior retorno de los transportistas a España.
Ello ha llevado a FENADISMER y a otras asociaciones a solicitar al Ministerio de Transportes la aprobación con carácter inmediato de una norma excepcional por la que se flexibilice la regulación de los tiempos de conducción y descanso, estableciendo de este modo exenciones al cumplimiento del tacógrafo por su imposible cumplimiento en las actuales circunstancias.
Hay que tener en cuenta que del total de la flota de transporte española, aproximadamente un 30% se ha visto afectada por los bloqueos de los agricultores y ganaderos franceses, aproximadamente unos 100.000 camiones, que obligatoriamente tiene que transitar por territorio francés para llegar a cualquiera de los destinos europeos, lo que da idea del impacto tan negativo que producen los bloqueos que han llevando a cabo los agricultores y ganaderos franceses.
No es la primera vez que el Ministerio de Transportes se ve obligado a aprobar una norma similar en circunstancias excepcionales, como así ocurrió en abril de 2020 tras decretarse ele estado de alarma por la pandemia del Covid a fin de garantizar el abastecimiento de todo tipo de mercancías a la población española, o posteriormente en Diciembre de ese año como consecuencia de los bloqueos sufridos por los transportistas españoles en la frontera con el Reino Unido por la salida de este país de la Unión Europea.
En respuesta a dicha solicitud, el Ministerio de Transportes ha aprobado una Resolución este pasado viernes 19 de diciembre para su inmediata publicación en el BOE, que flexibiliza las horas de conducción de los transportistas de mercancías que se hayan visto afectados por los cortes y retenciones en Francia. Estas exenciones son de aplicación a la actividad de los transportistas de mercancías tanto autónomos como asalariados realizadas desde el pasado viernes 12 de Diciembre hasta el próximo 26 de Diciembre, ambos incluidos.
Así, se amplía el límite de conducción máximo diario de 9 a 11 horas, el semanal de 56 a 60 horas y el bisemanal de 90 a 120 horas, se reducen los requisitos del descanso diario de 11 horas a sólo 9 horas y, por último como novedad no incluida en anteriores flexibilizaciones, se posibilita desarrollar la actividad laboral hasta 12 días consecutivos de conducción antes de realizar el descanso semanal, siempre que previamente a dichos 12 días hubiera tomado un descanso semanal regular (esto es, de más de 45 horas) no siendo posible por tanto aplicar esta flexibilización si el descanso semanal previo hubiera sido reducido (de menos de 45 horas).
En este sentido, FENADISMER recuerda que en el caso acogerse a esta extensión de la actividad durante 12 días, el transportista deberá posteriormente disfrutar de dos períodos de descanso semanal regular, o bien de un período de descanso semanal regular y un período de descanso semanal reducido de al menos 24 horas, pero en este caso la reducción deberá compensarla con un período equivalente de descanso ininterrumpido antes de finalizar la tercera semana siguiente a la semana del período de excepción.
Asimismo, FENADISMER recuerda a los transportistas que esta relajación temporal de las reglas de los tiempos de conducción y descanso sólo es de aplicación exclusivamente a los transportistas que justifiquen la realización de operaciones de transporte internacional de mercancías por territorio galo durante dicho período, ya sea con destino a Francia o bien en tránsito por dicho país.








