• Tras la aprobación por el Gobierno el pasado mes de Mayo del nuevo Decreto regulador sobre la jubilación anticipada, Fenadismer conjuntamente con su asociación federada catalana AGTC presentan su propuesta de establecimiento de la jubilación anticipada para los transportistas autónomos, que será consensuado con las demás asociaciones representativas de autónomos para promover su solicitud formal ante el Ministerio de Seguridad Social.
  • La propuesta plantea la jubilación anticipada a partir de los 55 años y que el incremento de las cotizaciones que conlleva esta medida sea asumida en un 80% en los Presupuestos Generales del Estado en atención al carácter estratégico y de protección de los profesionales del sector del transporte por carretera.

 

Tras la aprobación por el Gobierno el pasado mes de Mayo del Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se establece la nueva regulación sobre el procedimiento de tramitación para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores, se abrió la vía para cualquier sector de actividad, incluido el transporte por carretera, pudieran solicitar la aplicación de dicha medida en su sector siempre que se acreditarán los criterios establecidos respecto al carácter penoso o peligroso de dichas actividades y asimismo acusarán elevados índices de morbilidad o mortalidad que justificaran un anticipo de su edad ordinaria de jubilación.

 

A tal fin, FENADISMER conjuntamente con su asociación federada catalana AGTC han elaborado un Informe sobre su propuesta de establecimiento de la jubilación anticipada para los transportistas autónomos, el cual ha contado con el apoyo del Departamento de Territori y Habitatge de la Generalitat de Cataluña, sobre la base de la presencia tan elevada de autónomos existentes En el sector del transporte por carretera, más del doble que en el resto de sectores económicos, lo que supone que 1 de cada 3 trabajadores en este sector son autónomos.

 

El referido estudio señala como elementos fundamentales que motivan el establecimiento de la jubilación anticipada los requerimientos de las condiciones físicas y psíquicas de los conductores, que desarrollan tareas para las que se requiere un conjunto de procesos cognitivos y físicos de los que depende su realización en un marco de eficacia y seguridad, que en el caso del transportista autónomo se agrava aún más por la mayor carga de trabajo de gestión y exposición a riesgos psicosociales que lleva implícito el trabajo por cuenta propia, en el que no solamente se desarrolla su labor productiva, sino también de gestión y dirección

 

Además el sector del transporte por carretera se encuentra tradicionalmente asociado a una elevada siniestralidad: así según los datos del Ministerio de Trabajo de la estadística sobre Accidentes de Trabajo en el año 2024, en España se produjeron en el sector del transporte y almacenamiento 41.132 accidentes de trabajo durante la jornada laboral, de los cuales 138 fueron mortales, alcanzando un índice de incidencia de 12,60 accidentes mortales por cada cien mil trabajadores, ostentando el lamentablemente récord de ser el segundo sector con mayor índice de incidencia solo por detrás de la industria extractiva. Además de ello, supera en casi 9,5 accidentes por cada mil habitantes al dato obtenido en el mercado laboral en su conjunto, superándolo en un 297%. Todo ello justifica la peligrosidad y el riesgo que supone el desempeño de la conducción profesional y, por tanto, acredita que se dan las especiales singularidades exigidas para la reducción de la edad de jubilación por medio de aplicación de coeficientes reductores.

 

En este sentido, el estudio elaborado por FENADISMER y AGTC destaca la necesidad de que los trabajadores autónomos cuenten con idéntica protección social que los trabajadores asalariados, pero siempre bajo la premisa de la existencia de dos regímenes de Seguridad Social totalmente distintos y que además en el caso del Régimen de Autónomos cuenta de base con características estructurales que perjudican enormemente la protección social y su materialización en la suficiencia de las prestaciones, en tanto que los trabajadores autónomos perciben un pensión de jubilación casi un 40% inferior respecto a la de sus homólogos asalariados, circunstancia que depende en gran medida del enfoque de libre elección de bases que ha imperado históricamente en el RETA y de la asunción de la totalidad de la cotización por parte del trabajador por cuenta propia.

Por eso, la propuesta que incluye el informe, que establece la posibilidad de acogerse a la jubilación anticipada a los transportistas autónomos a partir de los 55 años y de un incremento en las cuotas de cotización del 0,31 para los conductores de vehículos pesados y del 0,15% para el resto de conductores autónomos, plantea que siguiendo el esquema que se aplica para los trabajadores por cuenta ajena, los cuales asumen un porcentaje reducido de la cotización total a la Seguridad Social (en una proporción aproximada de 1/5), en el caso de los trabajadores autónomos se propone que la cotización adicional pueda ser asumida en la misma proporción por los Presupuestos Generales del Estado (esto es, el 80%), a fin de evitar que sean ellos mismos los que asumen el 100% del incremento de cotización, al tratarse de un sector estratégico y además una cuestión de derecho público y de protección de los derechos fundamentales de un colectivo que objetivamente se enfrenta a riesgos no comunes a la hora de desempeñar su trabajo. Asimismo el Informe también plantea otras medidas de mejora de la protección social para contribuir a la reducción de la siniestralidad en el caso de los transportistas, como es al del establecimiento de la jubilación parcial, a la que solo se pueden acoger en la actualidad los conductores asalariados.

Los resultados del Informe serán presentados en los próximos días al resto de organizaciones representativas de los autónomos para consensuar la tramitación de la solicitud formal ante el ministerio de Seguridad Social, con el objetivo de que sea aprobado el establecimiento de la jubilación anticipada para todos los profesionales del transporte por carretera, tanto autónomos como asalariados.

 

 

 

 

 

Temáticas: