• El plazo para reclamar contra el cártel de fabricantes y concesionarios de en venta de furgonetas, coches y derivados de turismo en España, conformado por la practica totalidad de las marcas que operan en España, es de un año a contar desde que el Tribunal Supremo ratificó la participación de cada marca durante 2021, por lo que lo que los particulares y empresas que adquirieron un vehículo entre 2006 y 2013 deben reclamar lo antes posible para que no venza su plazo para hacerlo. 
  • Se estima en más de 500.000 las furgonetas y 10 millones de coches los afectados por el cártel, que podrán reclamar de forma totalmente gratuita a través de cualesquiera de las organizaciones miembro de Fenadismer.

 

En los últimos años FENADISMER ha venido actuando de forma muy activa y exitosa en contra de los oligopolios y prácticas anticompetitivas que ha venido sufriendo el sector del transporte por carretera en diferentes ámbitos los últimos años. Prueba de ello fue la reclamación contra el conocido cártel de fabricantes europeo de camiones promovida en 2016, que afectó a más de 200.000 camiones en toda España, o más recientemente la macrodemanda interpuesta el pasado año por un importe superior a los 100 millones de euros contra las principales petroleras establecidas en España por sobreprecios en los carburantes durante los últimos 14 años.

 

De igual modo, FENADISMER puso en marcha a principios de este año una reclamación colectiva contra el cártel español de fabricantes y concesionarios de furgonetas, coches  y derivados de turismo, fundamentada en las sucesivas sentencias dictadas a lo largo del pasado año por el Tribunal Supremo que han ido ratificando la Resolución dictada en 2015 por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en la que se condenaba con una multa por importe de 171 millones de Euros a la práctica totalidad de marcas por los vehículos  vendidos en España entre 2016 y 2013, que se estima en más de 500.000 furgonetas y 10 millones de coches, abriéndose la posibilidad de reclamar el sobreprecio pactado entre las marcas, que se estima aproximadamente entre un 10% y un 15% del valor del vehículo más los correspondientes intereses.

 

Dado que el plazo máximo de reclamación es de sólo un año a contar desde que el Tribunal Supremo ha dictado las sentencias contra las diferentes marcas, lo que llevó a cabo durante el pasado año, los afectados deben promover su reclamación antes de dicha fecha, teniendo en cuenta que en el caso de los que adquirieron un vehículo de la marca Peugeot o Citroën deben hacerlo antes de mediados del mes de Abril, y los de las restantes marcas a lo largo de los meses de Mayo y Junio, pudiendo consultarse el plazo límite para cada una de las marcas en el siguiente enlace web:

 

www.afectadoscartelfurgonetas.es

 

Por ello, se recomienda a todos los particulares y empresas que adquirieron un vehículo entre 2006 y 2013 incorporarse lo antes posible a la reclamación colectiva que ha puesto en marcha FENADISMER a través de sus organizaciones territoriales, cuya incorporación es totalmente gratuita y abierto a todos los afectados, gracias al apoyo de un Fondo de Litigación especializado en este tipo de reclamaciones, garantizándose que los afectados recibirán un 75% de la indemnización que se obtenga sin asumir ningún coste durante todo el procedimiento.

 

 

 

 

 

 

 

 

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