• El Ministerio de Transportes comunica a la Unión Europea que sólo prorrogará la vigencia de la tarjeta CAP de los conductores profesionales al amparo del nuevo Reglamento omnibús, ampliándolas entre 6 y 10 meses, y no del resto de permisos autorizaciones de transporte
  • Por su parte, los Ministerios de Industria y de Interior descartan prorrogar de nuevo la vigencia de la ITV y de los permisos de conducir respectivamente.

 

Como ya adelantó FENADISMER, el Ministerio de Transportes ha confirmado cómo se aplicará en España el nuevo Reglamento ómnibus que posibilita a los Estados ampliar los plazos de validez de determinados certificados, permisos y autorizaciones habituales para facilitar el desarrollo de la actividad del transporte como concecuencia de la pandemia.

 

Así, según la información recibida por FENADISMER, pese a que dicho Reglamento lo posibilitaba, tanto el Ministerio de Industria como el Ministerio del Interior han descartado en esta ocasión prorrogar la vigencia de la ITV y de los permisos de conducir respectivamente.

 

Por su parte, el Ministerio de Transportes ha concretado que, en lo que se refiere a los permisos y autorizaciones de transporte que dependen de su ámbito competencial, dicha prórroga se limitará al certificado de aptitud profesional CAP de los conductores profesionales.

Así, acogiéndose a los plazos máximos que prevé el Reglamento europeo, la validez de las tarjetas CAP de los conductores profesionales amplían su vigencia del siguiente modo:

TARJETAS CAP QUE NO SE HUBIERAN ACOGIDO A UNA PORROGA ANTERIOR

Las tarjetas CAP que hubieran caducado o caduquen entre el pasado 1 de septiembre y el próximo 30 de junio serán prorrogadas por un periodo de 10 meses más a contar desde la fecha de caducidad indicada en la tarjeta.

TARJETAS CAP QUE SÍ SE HUBIERNA ACOGIDO A LA PRORROGA ANTERIOR APROBADA EN 2020

Si los conductores profesionales ya se hubieran beneficiado de la prórroga anterior de 7 meses que establecía el Reglamento europeo aprobado en mayo del pasado año y que se aplicaba a las tarjetas CAP que hubieran vencido entre el 1 de febrero y el 31 de agosto del pasado año 2020 , entonces la ampliación de su validez será de sólo 6 meses más (no de 10 meses). En este último caso, si tras ampliar la validez de la tarjeta 6 meses la fecha resultante fuera anterior al próximo 1 de Julio entonces se alargará hasta dicha fecha del 1 de Julio.

 

 

 

 

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