REUNION DE FENADISMER CON EL Mº DE TRABAJO PARA ANALIZAR LA TRASPOSICIÓN DE LA DRTIVA. EUROPEA SOBRE TIEMPOS DE TRABAJO DE LOS CONDUCTORES ASALARIADOS

Este jueves 24 de Febrero se ha celebrado una reunión entre Fenadismer y el Director General de Trabajo para analizar la incorporación al Derecho español de la Directiva 2002/15 relativa a la ordenación de los tiempos de trabajo de las personas que realizan actividades móviles de transporte por carretera (esto es, conductores profesionales).

Como se recordará, la Directiva no es de aplicación a los autónomos (al menos hasta 2009 gracias a la presión que en su día ejerció Fenadismer y que fue apoyada por el Gobierno Español ante la Unión Europea), por lo que sólo será de aplicación a los conductores asalariados.

El plazo para trasponer a legislación española la Directiva es antes de marzo de 2005, pero previsiblemente se dictará la norma española con posterioridad debido al retraso en tramitarse, como le ocurre a otros 22 países europeos (sólo ha sido traspuesta por Chequia, Eslovaquia y Polonia).

Por parte de la Dirección General de Trabajo se ha elaborado un Documento en el que establece las modificaciones que deberían realizarse al Real Decreto 1561/1991, que regula en la actualidad las jornadas de trabajo, entre otros, del transporte por carretera.

Entre las cuestiones a modificar están:

– la consideración del tiempo de espera para carga y descarga, acompañamiento de un vehículo transportado en tren o trasbordador o restricciones de circulación.
– Duración máxima del trabajo semanal.
– Pluriempleo
– Pausas
– Trabajo nocturno
– Registro de los tiempos de trabajo.

Os solicitamos a todas las organizaciones de Fenadismer que nos remitáis observaciones a dicho documento.

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