REGIMEN DE MODULOS DE IRPF Y DE IVA PARA EL 2004

El Ministerio de Hacienda mantiene las cuantías de los módulos para el 2004 y rebaja la cuota mínima del IVA de este año, como había solicitado Fenadismer
En el BOE de fecha 29 de noviembre se ha publicado la Orden HAC/ 3313/2003, de 28 de noviembre, por la que se desarrolla para el año 2004 el régimen de estimación objetiva del IRPF y el régimen simplificado del IVA (esto es, el régimen por módulos). Como había solicitado Fenadismer el pasado mes de noviembre al Ministerio de Hacienda, la Orden mantiene para el ejercicio 2004 las mismas cuantías de los módulos vigentes este año.
Asimismo y para paliar el efecto producido por la variación del precio del gasóleo para 2003, Fenadismer solicitó la reducción de la cuota mínima aplicable para el resumen anual del IVA de este año que se realiza en enero de 2004, a lo que accedido el Ministerio de Hacienda estableciendo los siguientes porcentajes:

– Transporte de mercancías por carretera (baja del 30 al 10%).
– Transporte colectivo de viajeros (baja del 3 al 1%).
– Transporte en autotaxis (baja del 32 al 10%)
– Transporte de residuos (se mantiene el porcentaje del 1%).

Para el 2004 se mantiene la cuota mínima del IVA en los porcentajes iniciales, en función de que posteriormente se vuelvan a bajar según la variación del precio del gasóleo a final de año.

Asimismo se mantienen los límites cuantitativos máximos que permiten acogerse al régimen de módulos:

– El volumen total de ingresos no puede superar los 450.000 euros anuales.
– el volumen total de comprasen bienes y servicios no puede superar los 300.000 euros anuales (no se computa las obras y servicios subcontratados, ni las adquisiciones de inmovilizado).

Por último os indicamos que aquellos contribuyentes que deseen renunciar al régimen de módulos para 2004 deberán renunciar antes del 31 de diciembre de 2003.

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