• Fruto de las negociaciones mantenidas el pasado mes de Marzo entre las organizaciones representativas del sector con el Ministerio de Transportes debido a la difícil situación económica y de actividad actuales, el presupuesto destinado a las ayudas al abandono de la actividad ha sido duplicado para esta convocatoria.

 

  • Las ayudas, que cuentan con un presupuesto de 20 millones de euros, podrán solicitarse en el plazo de un mes desde su publicación, debiendo tramitarse a través de la sede telemática del Ministerio de Transportes.

 

 

En el Boletín Oficial del Estado de este viernes 13 de mayo ha sido publicado el extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda del Ministerio de Transportes por la que se convocan las ayudas dirigidas a los transportistas autónomos por carretera de mayor edad o en situación de incapacidad que abandonen la actividad este año 2022, estableciéndose los requisitos habituales para los solicitantes de estas ayudas.

 

Como novedad más importante para este año 2022 se encuentra el incremento de la partida presupuestaria asignada al cese de actividad, establecido en 20 millones de euros, el doble de la cuantía establecida en los últimos años para este tipo de ayudas. Este importante incremento del presupuesto fue una de las medidas incluidas en las negociaciones mantenidas el pasado mes de Marzo entre FENADISMER y las restantes organizaciones miembro del Comité  Nacional de Transporte por Carretera con el Ministerio de Transportes, ante la compleja situación económica que sufre el sector debido al incesante incremento del precio de los carburantes habida el último año.

 

Con ello, se espera que por primera vez, después de varios años, las ayudas pueda cubrir la mayoría de las solicitudes que presenten transportistas, teniendo en cuenta que en anteriores años debido a la limitación presupuestaria, las ayudas no alcanzaban a dos de cada tres solicitantes.

 

Como en anteriores ocasiones, los requisitos para acceder a estas ayudas no han variado, de forma que podrán ser beneficiarios aquellos transportistas autónomos que lleven más de 10 años ejerciendo la actividad, aunque se amplía la edad mínima para poder acogerse a todos aquellos que hayan cumplido los 63 años, o bien aquellos que, sea cual sea su edad, tuvieran reconocida a fecha de solicitud una incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez, los cuales gozarán de preferencia en el otorgamiento de las ayudas en el caso de que el presupuesto asignado no cubra todas las solicitudes presentadas.

 

Las solicitudes y tramitación de los expedientes de abandono de actividad, deberán efectuarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, teniendo en cuenta que el plazo de presentación de las solicitudes es de un mes a partir del día siguiente a la publicación en el BOE, que se puede consultar en el siguiente enlace:

 

https://www.boe.es/boe/dias/2022/05/13/pdfs/BOE-B-2022-14899.pdf

 

 

 

 

 

 

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