Las asociaciones de transportistas denuncian los problemas que soportan los transportistas en las pruebas de frenado al pasar la revisión de la ITV de sus vehículos de transporte

  • Las asociaciones plantean al Ministerio de Industria su malestar por os perjuicios que se ocasionan a los transportistas al pasar la revisión periódica de sus vehículos de transporte, en especial, de las cabezas tractoras.

  • En la mayoría de los casos pese a estar los vehículos preparados para pasar la prueba de frenado mediante la toma de aire, las ITV al carecer de medios adecuados obligan a hacer la revisión mediante frenómetros exigiendo al transportista que aporte un semirremolque.

Como ya informó FENADISMER en su día, el Ministerio de Industria puso en marcha en el año 2012 el nuevo sistema de medición de la eficacia del freno de servicio de los vehículos de transporte de más de 3,5 toneladas durante la revisión periódica de la ITV que debe realizar el vehículo. Dicho sistema novedoso de medición, que fue recogido en la Orden ITC/3124/2010, tenía como objetivo simular al máximo posible las condiciones de funcionamiento real del sistema de frenado e incrementar así la seguridad vial.

A tal fin, se establecieron dos métodos distintos de medición en función de las características del vehículo de transporte, en concreto el método de ensayo directo, que se calcula por medición directa de la fuerza de frenado mediante el frenómetro de rodillos,o bien el método de ensayo con extrapolación, que se obtiene colocando sensores de presión en los circuitos de frenos (tomas de aire) que permitan garantizar una presión mínima en los mismos.

Sin embargo, FENADISMER ya manifestó en su día al Ministerio de Industria su preocupación por el hecho de que las Comunidades Autónomas no estaban preparadas técnicamente para que sus ITVs puedan llevar a cabo la nueva prueba de frenado en condiciones adecuadas, lo que ha supuesto durante los años en que lleva aplicándose en la práctica numerosos perjuicios y molestias para los transportistas durante la realización de la inspección de la ITV, en especial en el caso de las pruebas a las cabezas tractoras.

En este sentido, las asociaciones de transportistas que componen el Comité Nacional del Transporte por Carretera se han dirigido formalmente al Ministerio de Industria para transmitir el “malestar” del sector “con los protocolos establecidos para las cabezas tractoras en lo que a la medición de la eficacia de la frenada se refiere, dado que en muchos casos la calificación como desfavorable de las mismas no está siendo como consecuencia de una deficiencia técnica de los vehículos sino más bien como consecuencia de unos equipos deficientes de las estaciones ITV

Así, en muchos casos, “cuando se presenta a la revisión periódica una cabeza tractora con tomas de aire y sin estar acoplada a un semirremolque, el equipo previsto para realizar la prueba de frenada (rodillos), no es capaz de realizar una lectura adecuada de los parámetros del vehículo al ser éste expulsado de los rodillos”. La respuesta por parte de la estación ITV es, que, aunque reconocen que puede no ser un defecto del vehículo, es necesario que el mismo se presente acoplado a un semirremolque con un cierto nivel de carga. De hecho, sin intervenir en los frenos del vehículo rechazado, el mismo se presenta acoplado y el resultado suele ser favorable.

En el escrito de queja remitido por el Comité Nacional al Subsecretario de Industria, se le recuerda que “buena parte de los transportistas de nuestro país no presta sus servicios con un conjunto de vehículos completo, sino que la relación comercial que mantienen con su cargador es en la modalidad de “enganche”, aportando el transportista únicamente su cabeza tractora, por lo tanto, no disponen de semirremolques propios ni tampoco de carga disponible para poder presentar sus vehículos a la inspección técnica periódica. Dichos transportistas, que han optado por la instalación de tomas de aire adicionales en sus vehículos, dependiendo de las instalaciones de las estaciones ITV, ven rechazados sus vehículos y han de acudir con un semirremolque en régimen de préstamo o alquiler, con el consiguiente riesgo y gasto, sin que, a nuestro juicio, sea su responsabilidad que no se cuente con los equipos idóneos para poder determinar la eficacia de la frenada con el vehículo desacoplado”.

Dicha situación, que es calificada de “intolerable”,  exige ser “subsanada”, dado que, o bien se sustituyen los rodillos de las estaciones para que puedan efectuar una lectura correcta de la frenada de las cabezas tractoras desacopladas o bien se pone a disposición de los transportistas un semirremolque al que puedan acoplarse, “por considerar completamente inadecuado que sean los transportistas los que deban pedir en préstamo o alquiler un semirremolque y mercancía, para dar cumplimiento a una obligación de la cual la empresa concesionaria debe de hacer previsión”.

A fin de tratar de resolver dicha situación, el Comité Nacional ha solicitado mantener una reunión con los responsables del Ministerio de Industria a fin de buscar “la mejor solución al problema planteado, que sin duda pasa por una mejora técnica de los equipos de medición de la frenada o por poner a disposición de los transportistas un semirremolque que permita, en el caso que la estación ITV no disponga de los medios adecuados, acoplar el mismo para poder realizar la prueba de frenado adecuadamente”.